El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido popularmente como impuesto de circulación o como ‘numerito’, está a punto de cambiar. Al menos, en Madrid: el ayuntamiento va a modificar la forma de calcularlo en línea con sus objetivos para reducir la contaminación
Engracia Hidalgo, delegada de Hacienda y Personal, fue la encargada de anunciar el cambio que tendrá lugar “el próximo año”. O lo que es lo mismo: en 2026. Cambiar “el criterio para aplicar las bonificaciones de este tributo” será “una medida pionera en España”.
Más información
Nuevo criterio: las etiquetas de la DGT
Actualmente, el impuesto de circulación se calcula en función de los caballos fiscales. Madrid usará los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) que, según el ayuntamiento, “describen mejor lo que contaminan los vehículos”.
Cabe pensar, por lo tanto, que los modelos incluidos en la categoría A y aquellos con las pegatinas B y C pagarán más que los que lucen el distintivo Eco y Cero. Con esta medida, se coordinan los criterios utilizados en el IVTM y la tasa SER.
El ayuntamiento añade, además, que con este sistema “se ajustan algunos casos concretos, como ocurre, por ejemplo, con los híbridos enchufables, que tienen una bonificación distinta en función de si su autonomía eléctrica es mayor o no a 40 kilómetros”.
Bonificaciones para las flotas
Por otro lado, van a incorporar una bonificación específica del 50% a los vehículos menos contaminantes (Cero, Eco Y C) de las grandes flotas, propietarias de miles de coches que circulan diariamente por la ciudad.
Para ello, deben cumplir un par de requisitos: esos vehículos deben estar matriculados en Madrid y tienen que renovar, anualmente, un porcentaje de ellos por otros con etiquetas menos contaminantes. Con esta medida, se pretende combatir la deslocalización de las flotas de vehículos que operan en la capital, pero están matriculados en otros municipios.

Cómo se calcula el impuesto en otras ciudades
Es la ley que regula las Haciendas Locales la encargada de establecer la tarifa del impuesto de circulación, pero se puede modificar a través de la Ley de Presupuestos Generales. El IVTM tiene una parte fija que, en el caso de los coches, se calcula (o se calculaba en Madrid) basándonos en los caballos fiscales.
Para obtener este dato, tal y como establece el Anexo V del Reglamento General de Vehículos (RGC), hay que recurrir a la siguiente fórmula en los coches de combustión: PF = T (0,785 x D x R)0,6 x N. En el caso de los eléctricos, es esta: PF= Pe (potencia efectiva en kilovatios) / 5,152.
- PF: potencia fiscal
- T: se sustituye por 0,08 en los motores de cuatro tiempos y por 0,11 en los de dos tiempos
- D: diámetro del cilindro en centímetros
- R: recorrido del pistón en centímetros
- N: número de cilindros
La citada norma permite a cada consistorio ajustar la cifra (siempre con un límite máximo) y por esta razón la cantidad a pagar varía en función del municipio en el que esté empadronado el vehículo.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram
¿Por qué es difícil encontrar una gasolinera ‘low cost’ en las autovías y autopistas de España?
El Ayuntamiento de Madrid firma su récord de recaudación por multas: más de 190 millones gracias a las ZBE