Era una reivindicación antigua y persistente del sector de la automoción y la Dirección General de Tráfico (DGT) finalmente la ha atendido. A partir del próximo 7 de julio, un mes después de la publicación de la nueva Instrucción, los vehículos con carrocería tipo pick-up podrán circular en condiciones idénticas a las de un turismo. Se elimina de este modo lo que suponía un condicionante importantísimo al crecimiento del segmento y un inconveniente para los usuarios.
La Instrucción de la DGT enmarca esta novedad en el “dinamismo y evolución del mercado de automóviles, donde han ido surgiendo nuevas carrocerías y configuraciones que adaptan los vehículos a determinadas demandas específicas”. En el caso de los pick-ups, no contaban con una especificación propia dentro de las definiciones del Reglamento General de Vehículos, por lo que hasta ahora se consideraban como industriales y asumían las limitaciones propias de un camión.
Sin embargo, la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sí contempla de manera independiente y diferenciada los pick-up, a los que define como “vehículo cuya masa máxima no es superior a los 3.500 kilos, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único”. De este modo, y desde el punto de vista técnico, la configuración, uso y prestaciones de un pick-up son las propias de un turismo y no las de un camión.
Por todo ello, la Instrucción 17/TV-17 de la DGT establece la aplicación de las mismas normas de circulación que los turismos a los vehículos tipo pick-up cuya masa no sea superior a los mencionados 3.500 kilos, en los que exista diferenciación entre la zona de pasajeros y de carga y cuya altura total no exceda los dos metros. Los modelos que se ciñan a este pliego de condiciones tendrán la misma aplicación de normas que los turismos: velocidad (hasta ahora limitada a 90 km/h), uso de carriles reversibles, orden de preferencia en ausencia de señalización, uso de carriles de alta ocupación, niveles de servicio en situaciones de viabilidad invernal…
Por tanto, los pick-ups pasan a circular en todos los aspectos como turismos, aunque la modificación legislativa no afecta al resto de sus obligaciones (fiscales o de periodicidad de inspecciones técnicas) que puedan derivar de su clasificación formal como camión por criterios de construcción en el Registro de Vehículos, donde estarán identificados a partir de ahora tras la creación de un campo específico en el mismo.
La Instrucción de la DGT referida a los pick-ups ha sido recibida con satisfacción por las marcas con presencia en este segmento, que consideran que la eliminación de las citadas limitaciones a vehículos a que no las precisaban puede suponer un impulso significativo en un mercado en el que su utilización puede llegar a estar más enfocado al uso particular y lúdico que al profesional.
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