Una asociación de automovilistas acusa al Ayuntamiento de Madrid de poner 1,2 millones de multas ilegales

Una sentencia anula una multa de 200 euros por acceder a una zona de bajas emisiones de la capital y abre la puerta a nuevos recursos.

zona de bajas emisiones
Una señal que prohíbe el paso en una zona de bajas emisiones de Madrid.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid ha anulado una multa de 200 euros que el Ayuntamiento de Madrid impuso a un conductor por acceder sin autorización a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica porque “no consta acreditada la correcta señalización” de esa área.

La sentencia parte de un recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios, informa Servimedia.

Además, el juzgado considera que la denuncia del consistorio madrileño no tiene encaje en el artículo 76.z3 de la ley de tráfico.

Ese artículo tipifica como infracción grave (200 euros de multa) “no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones”.

Esta asociación recordó que hace dos años denunció que “el Ayuntamiento de Madrid estaba sancionando injustamente a miles de conductores madrileños por una confusa y deficiente señalización en la zona de bajas emisiones de Plaza Elíptica”.

Los responsables del Ayuntamiento de Madrid rechazaron tal consideración al entender que el establecimiento de áreas restringidas en la capital “cumplía con la normativa” y que “no estaban estudiando cambiarla”.

“De la documentación aportada no consta que la señalización de la zona advierta debidamente a los usuarios no sólo de la prohibición de acceso sin autorización sino, incluso, de la instalación de dispositivos de captación y transmisión de datos o imágenes”, indica la sentencia.

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Infracción leve

Dadas las circunstancias, “cabe inferir que el recurrente –añade la sentencia– actuó con la creencia de que podía acceder a la vía, y que desconocía que era de acceso restringido”.

Por otra parte, la sentencia indica que la sanción de 200 euros infringe el “principio de tipicidad” porque “el acceso no permitido a la ZBEDEP Plaza Elíptica se sancionará como infracción leve y no como infracción grave”, como establece la vigente Ordenanza de Movilidad. Esto supone una multa de hasta 100 euros, según la ley de tráfico.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, subraya que esta sentencia “abre la posibilidad de recurrir” todas las multas de 200 euros que el Ayuntamiento de Madrid impone por “acceder sin permiso a otras zonas de bajas emisiones como Distrito Centro o la M-30”.

Según Automovilistas Europeos Asociados, el Ayuntamiento de Madrid impuso “de forma ilegal” un total de 1.188.785 multas de tráfico entre marzo de 2022 hasta julio de 2023, con un importe cercano a 237 millones de euros.

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