Cómo reclamar una indemnización si la carretera causa un accidente

Cuando se produce un accidente por el mal estado de la vía o por una señal sin retirar, puedes reclamar una compensación al responsable.

accidente baches

La Asociación Española de la Carretera recomienda extremar la precaución en 6.800 kilómetros de vías.

La velocidad mata, matan el alcohol y las drogas al volante, las imprudencias, los despistes, aquel neumático que reventó en el peor momento, unos frenos sin revisar. Pero la culpa alguna vez también fue de la carretera, bastantes veces, con argumentos varios: un bache desmedido, una grieta, charcos oceánicos, señales caídas, vallas o conos abandonados… Imposible esquivarlos y evitar el accidente.

Y entonces, ¿qué ocurre? Que el conductor tiene derecho a exigir una indemnización por daños al propietario de la vía, y así se hace paso a paso:

En qué casos se puede reclamar

La Constitución Española, artículo 106, establece el criterio general: “Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”. Es decir, se puede reclamar cuando la vía se encuentra en un estado deficiente que el titular podría haber evitado.

Esa «fuerza mayor» de la que habla el texto legal, que deja desamparado al automovilista, engloba las situaciones azarosas, un árbol derribado por una tormenta que no fue posible retirar a tiempo, la pura mala suerte. En esas circunstancias, nada que hacer.

Otra condición relevante: el daño debe ser evaluable económicamente.

A quién pedir cuentas

Detrás de una culpa hay una responsabilidad. ¿De quién depende la carretera en cuestión? Resulta fundamental dar respuesta a esta pregunta para saber a quién dirigirse: una empresa privada (concesionarias de las autopistas de peaje) o una entidad pública, generalmente el Ministerio de Fomento o las administraciones autonómicas.

Qué debes hacer

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