Aunque un conductor haya pagado una sanción de tráfico, aún está a tiempo de solicitar la devolución del importe de la multa. Puede hacerlo si identifica alguna anomalía administrativa: por ejemplo, que se haya registrado “una duplicidad en el pago” o que el importe abonado no coincida con el de la sanción, explica la Dirección General de Tráfico en su web.
Si el automovilista se da cuenta del error en el momento del pago o en el mismo día, el trámite resulta más sencillo. De hecho, el importe no llegará a cargarse en la tarjeta. En ese caso, lo más rápido es acceder con el certificado digital, el DNI electrónico o las credenciales Cl@ve a la sede electrónica de la DGT. En el apartado Consultas, aparece la opción Anular.
Más información
Cuando el plazo es superior, el proceso es diferente. Tráfico recuerda, de cualquier modo, que mediante este trámite solo resulta posible solicitar la devolución de multas impuestas por la DGT.
Otro asunto distinto es que el conductor no esté de acuerdo con los hechos notificados y no quiera pagar la sanción; en ese caso puede presentar alegaciones, es decir, recurrir la multa.
Solicitar la devolución de una multa
Para solicitar la devolución de la cantidad abonada por una multa, se debe cumplimentar el impreso de solicitud de devolución de tasas, disponible para su descarga en la sede virtual de la DGT.
Además, es necesario presentar el justificante del pago de la sanción con su número de expediente sancionador si la persona que ha realizado el pago de la sanción es distinto al sancionado. Cuando la causa de la devolución es un recurso o reclamación, ha de presentarse una copia de la resolución. Si quien solicita la devolución no es ni el pagador ni el sancionado, debe contar con una autorización por parte del sancionado.
Dónde se hace el trámite
La devolución de una multa puede solicitarse a la DGT en cualquier jefatura u oficina de Tráfico en la ventanilla de información o incidencias, sin necesidad de cita. Solo para particulares y sus representantes.
Este trámite también está disponible por internet, a través del Registro Electrónico, siempre que se cuente con credenciales válidas (DNI electrónico, certificado electrónico en vigor o Cl@ve). Como la presentación del escrito debe ir firmada, es imprescindible usar el programa AutoFirma.
Quién puede hacer el trámite
La solicitud de la devolución está disponible para cualquiera de las siguientes personas, explica la DGT:
- El titular de la sanción.
- La persona que haya realizado el pago, si es distinta al sancionado. En el justificante del pago debe constar su DNI.
- Una tercera persona, distinta del titular de la sanción y del pagador de la misma, siempre que tenga la autorización del sancionado por medio del Registro de apoderamientos.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram
Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).