Abren las ITV: calcula cuándo caduca la inspección de tu coche

Una orden del Ministerio de Sanidad establece una moratoria excepcional para los conductores cuya ITV haya caducado durante el estado de alarma.

ITV
Líneas de inspección de una estación de ITV. | AECA-ITV

Habrá todavía más tiempo para pasar la ITV. El Ministerio de Sanidad ha escuchado las peticiones del sector y ha ampliado la prórroga para realizar la inspección técnica del vehículo. Así se incluye en la orden publicada en el BOE, que añade una moratoria especial a la establecida en la declaración del estado de alarma.

De este modo, los conductores con la ITV caducada durante este periodo cuentan con un plazo de 30 días después de que este termine, más 15 días naturales adicionales por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo, fecha de entrada en vigor del estado de alarma.

Una solución bien recibida por el sector “para evitar una afluencia masiva de vehículos en las estaciones y, en consecuencia, el colapso del servicio”, como destacan fuentes de la patronal, AECA-ITV. La propia orden de Sanidad recoge un pequeño cuadro a modo de guía para calcular el plazo en cada caso.

INSPECCIÓN INICIAL PRÓRROGA (días naturales)
Semana 1: 14 a 20 de marzo 30 días más 15 días adicionales.
Semana 2: 21 a 27 de marzo 30 días más 2 periodos de 15 días
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril 30 días más 3 periodos de 15 días
Semana n. 30 días más periodos de 15 días

Esta moratoria, sin embargo, no afecta a las ITV de 2021. Por tanto, la caducidad de la nueva inspección –recuerdan en AECA-ITV– “se asignará en función de la que ya tuviera el vehículo y que consta en la tarjeta de inspección, por lo que se recomienda a los usuarios que no demoren su inspección”.

De hecho, cualquier conductor puede hacer desde hoy la inspección, independientemente de dónde viva. Mediante otra orden publicada en el BOE, el Gobierno permite realizar la ITV también en fase 0, tal y como ya se permitía en fase 1. La normativa afecta a los territorios que aún están en fase 0, como la Comunidad de Madrid, la zona metropolitana de Barcelona y Baix Montseny en Catalunya y la mitad de la población de Castilla y León.

En todas las comunidades, por tanto, están en marcha los servicios de ITV con algunos cambios: con menos aforo, con cita obligatoria y sin mirar dentro del vehículo. Tienen permiso para abrir todas las ITV –incluidas aquellas con más de 400 metros cuadrados– y las únicas limitaciones son la reducción del aforo al 30% y la reserva de hora, punto fundamental para evitar aglomeraciones.

Los centros de inspección han establecido las medidas de higiene habituales en cualquier comercio: elementos de protección personal para los empleados, uso de geles hidroalcohólicos, desinfección de las instalaciones y, sobre todo, mantenimiento de la distancia y reducción de aforo en las oficinas, lugar donde el contacto entre empleados y usuarios es más estrecho. Por eso también las estaciones aconsejan el pago online de las tasas.

Uno de los cambios más sustanciales en la forma de trabajar tendrá lugar en la propia revisión del coche. Según el manual de procedimiento publicado por el Ministerio de Industria, “la inspección técnica de vehículos se efectuará con el inspector situado en el exterior del vehículo, sin acceder al habitáculo o puesto de conducción” y el conductor deberá seguir las instrucciones del inspector. “En concreto –dice el texto– las indicaciones podrán referirse […] al estado de testigos de funcionamiento en el cuadro de indicadores, accionamiento de frenos o acelerador, encendido y/o apagado del motor” y, entre otros, al “montaje o desmontaje de elementos no fijos” como los sistemas de retención infantil.

Posibilidad de multa

La vuelta a la actividad desde la semana pasada rebaja algo la tensión, pero desde que se decretó el primer estado de alarma y hasta el 31 de mayo habrán caducado en torno a cinco millones de inspecciones y en AECA-ITV señalan que su capacidad es de 1.800.000 de revisiones al mes, lo que supone “multiplicar entre 2,8 a 3 veces la capacidad de inspecciones, lo que resulta inviable”.

En la red de estaciones Certio recuerdan un detalle que a muchos se les puede haber pasado por alto: el Real Decreto 463/2020 suspende “la obligación de pasar inspecciones, así como la fecha de caducidad de las mismas”, pero no las caducidades anteriores. “Las estaciones ITV no penalizan por presentar el vehículo fuera de plazo –recuerdan en su web– pero si el vehículo es detectado circulando por las vías públicas, el titular podría ser sancionado […] excepto si la persona puede demostrar que tenía cita, según informa la DGT”. Por otra parte, quienes obtuvieran una ITV desfavorable por uno o más defectos graves antes del estado de alarma deben acudir de nuevo al centro de inspección –cuando sea posible en su provincia– para hacer una segunda prueba.

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