¿Cuántos días seguidos se puede aparcar el coche en la calle en verano?

Con la llegada de las vacaciones, son muchos los conductores que dejan el coche en la calle durante largos períodos de tiempo: ¿es legal?

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Varios coches estacionados a las afueras de una localidad española.

Hay determinados momentos del año en los que los conductores aparcan su coche en la calle durante un prolongado período de tiempo: debido a las vacaciones, el verano es uno de ellos. Aunque el vehículo ocupe una plaza que no es de pago, ¿hay límites para estacionar? ¿Cuántos días se puede dejar?

El artículo 93.1 del Reglamento General de Circulación establece que “el régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal”. No existe, por lo tanto, una norma general que regule el aparcamiento en la calle porque es competencia de cada ayuntamiento.

El mismo artículo especifica que “podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización”.

¿Quién regula el aparcamiento en la calle?

Toda la normativa relacionada con el estacionamiento de vehículos está transferida a los consistorios locales. Será la correspondiente ordenanza municipal la encargada de limitar (o no) el tiempo que un coche puede permanecer aparcado en la calle.

Así las cosas, habrá ciudades en las que se podrá estacionar tres días y otras en las que será posible ocupar una plaza durante dos semanas. Las mayores restricciones suelen ser las de las grandes ciudades porque tienen un mayor volumen de vehículos.

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Las ordenanzas municipales

En Palma de Mallorca, por ejemplo, el artículo 40 de la ordenanza municipal de circulación establece que un coche puede estar aparcado en la calle, como máximo, durante 10 días seguidos. A partir del día 15, podrá ser retirado de la vía. En Barcelona, el plazo es de ocho días naturales.

En Sevilla, el límite es de cinco días. Es el mismo plazo que aplica la ordenanza de movilidad de Madrid, pero en el caso de la capital de España únicamente se cuentan los hábiles: sábados, domingos y festivos están excluidos.

No obstante, esos cinco días puede ser menos en circunstancias especiales como, por ejemplo, si la plaza se va a convertir en una reservada para determinados usuarios o si su señalización va a cambiar. En ambos casos, el ayuntamiento debe avisar con 48 horas de antelación y el coche sólo podrá permanecer dos días estacionado en ese punto. Es el mismo plazo para aparcar en zonas verdes o parques.

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Multa por aparcar en la calle

Normalmente, las ordenanzas municipales establecen las sanciones en función de lo estipulado en la ley de tráfico: al ser una infracción leve, la multa será de 80 euros sin pérdida de puntos. No obstante, pocas veces se convierte en un castigo real, porque la autoridad no suele ser estricta a la hora de aplicar la norma… a no ser que haya una denuncia ciudadana de por medio.

En este caso, el titular del vehículo recibirá un aviso para retirarlo de la plaza en la que está aparcado. Lo normal es que tenga un plazo de 48 horas para proceder antes de que la grúa traslade el coche al depósito municipal. Un movimiento que se llevará a cabo, aunque esté bien aparcado.

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