¿La DGT puede obligar a un peatón sin carné a hacer un control de alcoholemia?

Como usuarios de la vía, las personas que se mueven a pie también tienen una serie de obligaciones y normas que cumplir.

Controles Tráfico
La DGT ha reforzado los controles de alcohol y drogas al volante.

Los conductores no son los únicos que pueden ser castigados por cometer una infracción: los peatones también pueden estar en esa misma situación. Con este punto de partida, la DGT ha formulado la siguiente pregunta en sus redes sociales: un peatón, ¿puede estar obligado a realizar una prueba de alcoholemia?

Los peatones están definidos en la ley de tráfico como “la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías públicas”. Son responsables, por lo tanto, de su seguridad vial y de la del resto de usuarios de la vía. Tienen, además, una serie de obligaciones y normas que cumplir.

Teniendo en cuenta esto, los controles de alcoholemia no son exclusivos para los conductores. Así lo establece el artículo 12.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial: “Quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción conforme a lo tipificado en esta Ley”.

Controles de alcoholemia para peatones

Por lo tanto, los agentes tienen la facultad para hacer esta prueba a cualquier usuario de la vía: peatones incluidos. Volviendo a la pregunta de la DGT, ofrecía tres posibles respuestas:

  • Sí, cuando esté implicado directamente como posible responsable de un accidente.
  • Sí, en un control preventivo de alcoholemia.
  • No, en ningún caso.

La respuesta correcta es la primera. Un peatón únicamente estará obligado a someterse a un control de alcoholemia cuando sea el posible responsable de un accidente. Si da positivo, las sanciones serán casi las mismas que recibiría un conductor en su lugar.

La misma multa que un conductor

Obviamente, los agentes no pueden restarle puntos en su carnet de conducir, aunque tendrá que hacer frente a una multa económica que, dependiendo de su tasa de alcohol en aire espirado, oscilará entre los 500 y los 1.000 euros. Y si supera los 0,60 mg/l, también será considera como un delito.

Finalmente, si un peatón se niega a llevar a cabo la prueba de alcoholemia, tendrá que enfrentarse a una sanción de hasta 1.000 euros.

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