La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un proceso por el que, tarde o temprano, todos tienen que pasar. Lleva existiendo desde hace décadas, pero, incluso a día de hoy, hay dudas sobre ella que dan lugar a mitos, leyendas urbanas e incluso a alguna confusión.
Hay algunos puntos clave que son los que menos claro están para los conductores, así que aquí está la verdad sobre ellos.
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Lo primero es saber cuándo hay que pasar la ITV. Para un automóvil, su primera inspección tendrá lugar cuatro años después de ser matriculado. A partir de ahí, de 4 a 10 años de antigüedad la pasan cada dos años y con más de 10 años hay que superarla anualmente.
Esto nos lleva a la primera duda, que tiene que ver con si la ITV vence un día concreto. Aunque en la pegatina del parabrisas esté marcado solo un mes, la respuesta es afirmativa. El día aparece en el reverso de la tarjeta de inspección técnica, así como en el último informe de inspección técnica.
Eso sí, no implica que hasta ese día no pueda pasarse, algo que es otra duda recurrente: es posible pasar la ITV hasta un mes antes de la fecha de vencimiento sin que por ello se cambie la fecha de la siguiente inspección.
El último mito relacionado con las fechas es si llevar a cabo la ITV fuera del plazo conlleva un recargo adicional. La respuesta es negativa. Las estaciones no pueden penalizar al vehículo por acudir fuera de plazo.
Ahora bien, no se puede circular con la ITV caducada, puesto que los agentes de tráfico pueden sancionar dicho comportamiento con una multa de hasta 500 euros.
A este respecto, a menudo surge una duda relacionada: ¿Me pueden multar si circulo con la ITV caducada pero ya tengo cita para pasarla? La respuesta es que sí, porque, aunque se haya acordado la cita, se ha pasado la fecha límite y se está fuera de plazo.
¿Un vehículo que esté aparcado debe tener la ITV en vigor?
Queda claro que cualquier vehículo que circule debe tener la ITV en regla, pero hay quien duda con un coche que no use a menudo y que esté aparcado. En ese caso también hay que tener la ITV en vigor puesto que, aunque no se use, sigue estando matriculado y está en disposición de circular.
De esta manera, si está estacionado en la vía pública puede ser multado. Diferente es el caso si está aparcado en una propiedad privada, pues ahí ningún agente es susceptible de multarlo por tal motivo.
Por último, otra duda que es bastante común es quién puede pasar la ITV de un determinado vehículo. Se suele pensar que tiene que ser obligatoriamente el titular del mismo, pero no es así.
Puede realizar la inspección cualquier persona que acuda con los documentos de identificación del vehículo, es decir, los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación.
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