De modo genérico, las infracciones de tráfico pueden ser leves, graves y muy graves, y se traducen en multas de 100, 200 y 500 euros, respectivamente, al margen de la retirada de puntos. Pero de la lectura de la ley de tráfico se extrae que las multas son mucho más diversas, con castigos que alcanzan hasta los 20.000 euros.
La Dirección General de Tráfico (DGT) formuló en 2022 en las carreteras españolas de su competencia 5.542.178 denuncias, y dos terceras partes de ellas (66,8%) correspondieron a excesos de velocidad.
Algunas de ellos, castigados por encima de los 500 euros de una infracción muy grave. Es uno de los casos excepcionales de la norma, que contempla otros cuantos.
Excesos de velocidad: 600 euros
Los excesos de velocidad tienen un tratamiento específico en la ley de tráfico, y se consideran graves o muy graves. Estos están sancionados con una multa de 600 euros.
Por ejemplo, si se circula a 101 km/h en una vía limitada a 50; o a partir de 191 km/h cuando el límite es 120 (en autopistas). Este cuadro recoge todos los supuestos.
Multas de 1.000 euros
La infracción asciende a 1.000 euros cuando un automovilista circula con “presencia en el organismo de drogas”, y también cuando conduce “con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan”.
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En el segundo caso, la ley de tráfico establece un matiz: los 1.000 euros solo se aplican si el conductor ha sido “sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol” o si circula con una tasa que duplique la permitida (0,25 miligramos por litro en aire espirado; 0,15 para los conductores noveles y profesionales). En caso contrario, la multa común es de 500 euros.
La sanción también es de 1.000 euros para quien se niegue a someterse a las pruebas de detección de drogas o de alcoholemia; esta obligación afecta a los conductores y a “los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción”.
Multas de hasta 1.500 euros
Hay una multa de tráfico de cantidad variable que se impone no al conductor, sino al propietario de un vehículo: ocurre cuando este incumple “la obligación de identificar verazmente al conductor responsable” de una infracción (cuando la detecta un radar o por un estacionamiento indebido, por ejemplo, casos en los que un agente no comprueba la identidad del automovilista).
Si la sanción era leve, el propietario que no identifique al conductor deberá pagar el doble de la cuantía (es decir, 200 euros). Si la infracción era grave o muy grave, la multa será el triple. Es decir, 600 o 1.500 euros, respectivamente.
Sanción de 6.000 euros
Una de las multas más caras que impone la ley de tráfico la pagará quien conduzca “vehículos que tengan instalados inhibidores de radares” o cualquier dispositivo que interfiera “en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”.
Multas de entre 3.000 y 20.000 euros
Y en un epígrafe del artículo 80, que a su vez hace referencia al artículo 77, se recogen las sanciones más caras de la norma. Se sancionarán “con multa de entre 3.000 y 20.000 euros” varios supuestos:
- La retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
- Instalar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos
- Causar daños a la infraestructura de la vía.
La ley de tráfico matiza que las sanciones genéricas (100, 200 y 500 euros) podrán incrementarse en un 30% según “la gravedad y trascendencia del hecho”, y también en función de “los antecedentes del infractor” y del “peligro potencial creado para él mismo y para los demás usuarios de la vía”.
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