Dentro del catálogo de herramientas que la Dirección General de Tráfico (DGT) pone a disposición de los conductores, hay una que permite ceder a terceros la realización de cualquier trámite. Una fórmula gratuita conocida, oficialmente, como registro de apoderamiento.
Un apoderamiento o representación es una manifestación expresa mediante la cual una persona concede a otra el poder de actuar en su nombre ante la Administración. La autorización puede ser para un solo trámite o para varios.
Cuando un conductor lleva a cabo un registro de apoderamiento, su representante puede actuar en su nombre en las jefaturas y en la sede electrónica de la DGT. También podrá leer las notificaciones de la Dirección Electrónica Vial (DEV), incluyendo las de los ayuntamientos adscritos o las de los servicios de tráfico del País Vasco y Cataluña.
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¿Cómo pedir un registro de apoderamiento a la DGT?
Para las personas físicas, hay tres vías disponibles:
- Teléfono: llamando al 060. Este canal únicamente permite hacer autorizaciones a las personas físicas.
- Jefatura u oficina de Tráfico: pidiendo cita previa para ello. En este caso, el representado tiene que acreditar su identidad y presentar el formulario oficial debidamente firmado sólo por él. Si la gestión la hace el representante, debe adjuntar el documento original de identidad de ambos y el documento firmado por los dos.
- Internet: en la aplicación de apoderamientos de la DGT, el interesado podrá crear la representación, así como revisar todos los detalles. Las personas jurídicas solamente podrán emplear esta vía.
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¿Qué documentación es necesaria?
Todo dependerá de la fórmula que el conductor elija para llevar a cabo el registro de apoderamiento. Si lo hace en el 060, tendrá que verificar sus datos, además de conocer el nombre o razón social de la persona que va a representarle, así como su DNI, NIE o CIF.
Aquellos que prefieran hacerlo por internet, necesitarán el certificado digital, el DNI electrónico o disponer del Sistema Cl@ve. Si el trámite es presencial, habrá que aportar el documento de identidad original y el impreso oficial.
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¿Cuánto dura un registro de apoderamiento?
Una vez más, dependerá del canal elegido para realizar este trámite. Las autorizaciones hechas por teléfono duran un mes, a contar desde el día en el que se lleva a cabo. Si la gestión supera ese plazo, porque hay que subsanar algo, se considerará ampliada.
Si el apoderamiento se hace de forma presencial o por internet, el conductor podrá elegir el tiempo de vigencia: desde uno hasta 180 días, que es el límite. Hay que tener en cuenta que algunos procedimientos tienen su propia duración.
Por último, el representado podrá modificar este plazo, renovarlo o revocarlo en cualquier momento. El representante, por su parte, podrá dejar de serlo cuando así lo decida.
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