Aparcar en una plaza ajena supone invadir una propiedad privada. Cuando hablar con el dueño del coche invasor no funciona y el perjudicado no quiere recurrir a la vía judicial, queda una opción tan barata como sencilla: colocar una barrera. ¿Hasta dónde se puede llegar con ella?
El garaje es una de las zonas generales de un edificio de viviendas, pero las plazas son privadas. El dueño puede usarla teniendo en cuenta que su derecho a la propiedad termina donde acaba la superficie de su hueco. O lo que es lo mismo: donde marcan los límites.
Más información
En un garaje individual, el propietario puede hacer lo que considere dentro de su plaza. Las cosas cambian cuando este espacio está en un aparcamiento compartido como el de una comunidad de vecinos: aquí manda la ley y los estatutos de la comunidad.
A la hora de instalar una barrera de aparcamiento, hay que tener en cuenta dos artículos de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH):
- Artículo 7.1: establece que el propietario de la plaza de garaje puede llevar a cabo modificaciones en elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios, siempre que no interfiera ni perjudique a la estructura exterior.
- Artículo 7.2: deja claro que el dueño “podrá usar su espacio como estime oportuno, siempre que no desarrolle actividades que resulten dañinas para la finca, que contravengan disposiciones generales sobre actividades molestas, nocivas o peligrosas”.
El propietario de una plaza podrá anclar en el suelo una de estas barreras (también conocidas como bolardo o guardaplazas, que están disponibles a partir de los 30 o los 40 euros) siempre que cumpla algunas condiciones.
No sólo tiene que estar instalada dentro de los límites, tampoco puede invadir las zonas comunes o impedir el acceso a los aparcamientos contiguos. Por ejemplo, en Amazon está disponible este modelo por 36,52 euros. Algunas de sus características son:
- Hecho de acero arenado.
- El color base es amarillo con cinta de PVC y correas negras.
- Tamaño: mide 60 centímetros de alto, mientras que la caja cuadrada mide 5×5 centímetros con una pared de 1,9 milímetros de grosor. La base es de 11×13 centímetros y uno de grosor.
En un principio, no será necesario pedir permiso para su instalación. No obstante, es aconsejable consultar los estatutos de la comunidad porque prevalecen por encima de la Ley de Propiedad Horizontal y pueden prohibir la presencia de estos dispositivos. El presidente o el administrador serán quienes puedan facilitar el acceso a esta normativa para no interferir en la convivencia con los vecinos.
El Motor participa en programas de afiliación y recibe comisiones por las compras realizadas a través de enlaces. Los precios de los productos corresponden a la fecha de publicación del artículo.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram