Vas a 120 km/h por la izquierda y te quieren adelantar: ¿tienes que apartarte? La DGT lo aclara

En autopistas y autovías, los vehículos tienen que circular, obligatoriamente, por la parte derecha de la vía.

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En España, la velocidad máxima en autovías y autopistas es de 120 km/h. | Getty

La regla de circular por la derecha se diseñó para favorecer un tránsito más seguro y ordenado. Así se logra una mejor distribución de los vehículos en carretera y se evitan tanto embotellamientos como posibles situaciones peligrosas.

Aunque lo que se observa a diario en las vías de varios carriles no siempre lo refleja, la normativa exige circular por la derecha en autovías y autopistas. ¿Qué pasa si un coche va a 120 km/h por el carril izquierdo y otro quiere adelantar? ¿Debe apartarse?

Los vehículos (incluyendo a aquellos que tienen una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 3.500 kilos) tienen que circular, obligatoriamente, por el carril derecho de autopistas y autovías.

Así lo establece el artículo 31 del Reglamento General de Circulación (RGC): “Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha”.

La norma es aplicable a todos, independientemente de la velocidad a la que circulen. Si un vehículo lleva un ritmo de 120 km/h, el máximo permitido en este tipo de vías, deberá ir por el carril derecho, dejando libre el de la izquierda. Este está reservado, únicamente, para adelantar.

Puntualiza, además, que “se podrá utilizar el resto de los del mismo sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga”.

O lo que es lo mismo: en situaciones específicas como un adelantamiento. También para adaptarse a las condiciones del tráfico o de la vía, siempre que se entorpezca la marcha del resto de vehículos.

autovia velocidad mínima

Una infracción grave 

La multa de 200 euros, sin pérdida de puntos del carnet, no solo se aplica al conductor que adelanta por la derecha sin respetar la norma establecida. 

También se considera infracción grave circular por el carril central o izquierdo sin necesidad, ya que implica hacerlo de forma incorrecta y, además, obstaculiza el flujo normal del tráfico, afectando negativamente al resto de usuarios que circulan correctamente. 

carril izquierdo autovia

Excepciones de la norma

En los artículos 82 y 83 del RGC, figuran las excepciones a esta norma. Será posible adelantar por la derecha si el coche al que se está superando indica, claramente, su intención de cambiar de dirección hacia la izquierda o de detenerse en ese lado. Además, cuando se circula por el carril derecho en un atasco es un rebasamiento y no un adelantamiento.

Finalmente, en una vía urbana con dos o más carriles por sentido que estén delimitados, el conductor puede ocupar el que más le convenga dependiendo de su destino.

Por lo tanto, un vehículo que circula por la ciudad sí puede adelantar por la derecha: “Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha”. Eso sí, el conductor debe cerciorarse “previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios”.

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