Ni 100 euros ni prohibido repostar: esta es la única sanción real que un conductor puede recibir al poner gasolina

Aunque no es infracción coger la manguera uno mismo, existen tres descuidos con el motor y el móvil que sí cuestan 80 euros de multa.

Cogiendo la manguera del surtidor

¿Es ilegal tocar el surtidor si hay un empleado cerca? Diversos vídeos virales, que se vuelven recurrentes en el tiempo, han vuelto a poner en alerta a muchos conductores al advertir de sanciones elevadas por repostar por sí mismos en estaciones de servicio asistidas por empleados.

Sin embargo, detrás de esta nueva alarma se esconde un bulo que mezcla normas de seguridad reales con castigos inexistentes, obligando a los usuarios a distinguir entre lo que es una norma de cortesía y lo que realmente puede acarrearles una penalización económica.

Más información

En las últimas semanas, las redes sociales han vuelto a incendiarse con una alerta que ya se propagó por internet hace más de un año, reavivando la incertidumbre de los conductores al encontrarse frente al surtidor. El mensaje incide sobre una presunta multa de hasta 100 euros por el simple hecho de repostar sin contar con personal de la estación.

Lo cierto es que, tras analizar la normativa vigente, la conclusión es tajante: se trata de un bulo. No existe ninguna infracción en el Reglamento General de Circulación (RGC) que prohíba a un usuario manipular la manguera, independientemente de si la gasolinera es de autoservicio o asistida.

@lasfinanzasdemaria

Ya no saben como sacarnos las perras ahorradores 🙈💶💸😂 Atención al video Multas de hasta 100 € por repostar gasolina tú mismo en vez de esperar a que lo haga el empleado de la gasolinera ⛽️ 🙌🏻😂 #finanzas #españa #dinero #ahorro #inflacion #interescompuesto #alquiler #gastoshormiga #carreradelarata #dgt #multas #sanciones #gasolina #money #gobierno #inversion

♬ Fashion Style01 – Cassiopeia

¿Qué dice la ley?

La polémica mezcla conceptos reales con interpretaciones erróneas de la normativa. Si bien es cierto que en algunas estaciones asistidas se solicita al cliente que espere a ser atendido, esto responde exclusivamente a cuestiones organizativas internas para mantener el orden y coordinar el servicio, y no a una obligación legal cuyo incumplimiento acarree una sanción económica.

El texto legal de referencia es el artículo 115 del RGC, titulado “Apagado de motor”. En este apartado, la norma se centra en la seguridad durante la carga de combustible, pero en ningún momento menciona sanciones por suministrarse uno mismo el carburante. Lo que sí establece con claridad son los requisitos técnicos que deben cumplirse sin excepción, ya sea por parte del empleado o del propio conductor en su ausencia.

Estación de servicio Repsol

Las obligaciones reales y la multa de 80 euros

Es necesario volver a hacer hincapié en que no existe la famosa multa de 100 euros por repostar de manera autónoma en gasolineras con empleados destinados a tal menester. Aunque un conductor sí podría enfrentarse a una sanción de 80 euros si ignora las medidas de seguridad obligatorias. El riesgo no reside en quién pone la gasolina, sino en cómo se ejecuta la acción. Según el Reglamento, es imperativo realizar el repostaje bajo las siguientes condiciones:

  • Motor totalmente parado: la norma estrella; el vehículo no puede estar en marcha durante la operación.
  • Sistemas eléctricos apagados: incluidos las luces del vehículo y la radio.
  • Dispositivos electromagnéticos: los teléfonos móviles deben permanecer apagados mientras se suministra el combustible. Una vez finalizado el proceso, se pueden encender para proceder al pago.

En estaciones con personal, la responsabilidad de que el motor esté apagado recae inicialmente en el empleado. No obstante, el Real Decreto 706/2017 aclara que, en instalaciones de autoservicio o cuando el personal no está presente, es el propio conductor quien asume la responsabilidad legal de cumplir estas medidas.

Multa Guardia Civil

¿Autoservicio o asistida?

La regulación de estas estaciones para ofrecer el suministro de autoservicio compete a las comunidades autónomas. Según el Real Decreto 706/2017, una estación de autoservicio es aquella donde el personal presente no realiza el suministro, siendo este llevado a cabo por el cliente. Por el contrario, en una instalación asistida, el servicio lo realiza el personal contratado.

Para que una estación funcione como autoservicio, debe cumplir requisitos estrictos, como exponer de forma visible las instrucciones de uso del surtidor y las actuaciones en caso de emergencia. Si el conductor se encuentra en una instalación de este tipo, tiene permitido hacer uso de los surtidores sin temor a sanciones.

La seguridad por encima del ruido

En definitiva, los conductores pueden seguir repostando con tranquilidad: no existen las multas ni la retirada de puntos por “quitarle el trabajo” al gasolinero. Lo que sí es imperativo es mantener la cautela y el respeto por las normas de seguridad que protegen tanto al establecimiento como al resto de usuarios.

Antes de dar por buena cualquier información alarmante que circule por las redes, conviene revisar la norma oficial. La próxima vez que un usuario acuda a una estación de servicio, debe recordar que lo importante es apagar el motor, las luces y el móvil; si el empleado pide esperar, es recomendable seguir sus instrucciones por organización, pero nunca por miedo a una multa inexistente.

@millennialsabogados

@educ ACCION vial Rectificar es de sabios! No es sancionable echarse uno mismo la gasolina! #abogadostiktok #millennialsabogados #abogada #dgt #motos #trafico #multas

♬ sonido original – MillennialsAbogados

Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram

Newsletter ElMotor

Recibe la newsletter de EL MOTOR con toda la actualidad del mundo del automóvil y la moto, tecnología, seguridad, conducción y eficiencia.

Apúntate

Servicios ELMOTOR

Encuentra los mejores talleres, seguros, autoescuelas, neumáticos…

BUSCAR