Nuevas normas de la DGT para patinetes eléctricos, motoristas, ciclistas y peatones en octubre de 2026

La reforma del reglamento de circulación obliga al uso de casco en VMP y guantes en moto, y exige más precaución a los conductores al adelantar a las bicis.

patinete coche bici dgt
Dos usuarios de bici y patinete en Madrid.

“Nos centramos en el ciudadano y en las diversas formas de moverse. La novedad de esta norma es la protección del usuario vulnerable, está en la esencia de la política de seguridad vial”. Así resume el director general de Tráfico, Pere Navarro, los cambios que entran en vigor este jueves 1 de octubre y forman el eje de la reforma del Reglamento General de Circulación. 

El objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía y la norma trae cambios para peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP), como el uso obligatorio de chalecos reflectantes, casco o guantes de protección, según el caso. La norma añade también nuevas sanciones y algunos cambios en la circulación en autovías, como la exigencia de crear un carril de emergencia para vehículos prioritarios durante las retenciones.

Esta reforma adapta el código de circulación a los cambios experimentados por la movilidad. Se ha pasado “de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos”, en palabras del Ministerio del Interior.

Por primera vez, el reglamento define al usuario vulnerable de la vía: “Aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones” en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad.

Conductores de patinetes eléctricos 

La propuesta fija una edad mínima de 15 años para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP). Además, sus usuarios deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante por la noche o en situaciones de escasa visibilidad, mientras que los profesionales que circulen en VMP estarán obligados a llevar este último en todo momento. El incumplimiento de cualquiera de estas dos medidas se considerará una infracción grave, con una sanción económica de 200 euros.

Asimismo, estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Fuera de los núcleos urbanos, también se podrá permitir la circulación de los VMP por vías segregadas del tráfico motorizado, como vías ciclistas o carriles bici.

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Ciclistas 

Con esta reforma, todos los ciclistas deberán llevar casco cuando circulen por vías interurbanas. Y los menores de 16 años, en todas las vías. Además, aquellos que desarrollen una actividad profesional sobre una bicicleta, como los repartidores, estarán obligados a utilizar en todo momento casco de protección y chaleco reflectante. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones acarreará una multa de 200 euros.

Asimismo, el conductor que adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía. En las calzadas con más de un carril por sentido, además, estará obligado a cambiar completamente de carril durante la maniobra de adelantamiento y a respetar una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Por otro lado, en vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril con el objetivo de mejorar su seguridad. También en ciudad, los conductores de vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que circulen delante de ellos.

Motoristas

La propuesta también introduce nuevas obligaciones para los usuarios de motocicletas y ciclomotores. En primer lugar, será obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas, así como calzado cerrado en cualquier tipo de vía. El incumplimiento de esta norma se castigará con una sanción de 200 euros.

Asimismo, se permitirá la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión de tráfico, siempre que el tramo esté debidamente señalizado. En estos casos, los motoristas no podrán superar los 30 km/h.

Por otro lado, los cascos de protección utilizados por los conductores de ciclomotores deberán estar obligatoriamente homologados, y no solo certificados.

Además, los repartidores que desarrollen su actividad profesional en motocicleta estarán obligados a llevar chaleco reflectante en todo momento. De no hacerlo, se expondrán a una multa de 200 euros.

Cinturón de seguridad

La reforma elimina las exenciones al uso del cinturón de seguridad que hasta ahora tenían los conductores de taxi, vehículos de mercancías y de enseñanza de la conducción, por lo que deberán llevarlo abrochado en todo momento. Como excepción, se establece una medida que ampara a los pasajeros de las ambulancias cuando, durante un servicio de urgencia, ocupen el habitáculo del paciente.

Adelantamientos y carril de emergencia

Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados por accidente, avería o trabajos de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deberán mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.

Además, en autopistas y autovías, cuando la circulación se vea afectada por la nieve, quedará prohibido adelantar. Los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los servicios de emergencia y las máquinas quitanieves.

Por último, cuando se produzca una retención y los vehículos avancen a paso de peatón o permanezcan detenidos, deberán apartarse para dejar un espacio central libre, conocido como “carril de emergencia”, que facilite el paso de la policía y otros servicios de emergencia.

Otras normas en las vías urbanas 

En los pasos de peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.

Además, se reconoce jurídicamente la figura de los caminos escolares seguros, entendidos como las vías acondicionadas para favorecer que los niños se desplacen a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

Por otro lado, se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.

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