Por qué adelantar a un ciclista puede suponer una multa de 200 euros

Obligaciones y derechos de los conductores y de quienes van en bici, que pueden circular en grupo y también por autovía.

ciclistas
Un ciclista circulando en la carretera.

Con una frase que ya se ha escrito alguna vez debería bastar para que los conductores se entendieran mejor con los ciclistas, y viceversa: las bicis son vehículos de dos ruedas sin motor, no peatones con ruedas. Vehículos sometidos a las leyes de circulación como los demás, con derechos y obligaciones a su medida, pero mucho más frágiles.

En cuanto vea una bici en la carretera (o en la ciudad), un automovilista debe frenar, darle a su usuario el espacio que necesite y no precipitarse. Antes de querer dejar atrás al ciclista, los conductores deben recordar algunas nociones básicas  y ciertas obligaciones legales.

Cómo circulan los ciclistas

Está permitido que lo hagan en paralelo y en grupo. Como norma general, los ciclistas deben circular por el arcén, pero si este es insuficiente pueden ocupar parte del carril, siempre por la derecha y ocupando el mínimo espacio posible. También tienen derecho a usar parte de la vía en los descensos prolongados en tramos con curvas.

Y no hay motivos para enfadarse si dos ciclistas circulan en paralelo. Tienen permitido hacerlo de esta manera, y también formando grupos en filas de a dos. Sin embargo, deberán circular en línea de a uno en tramos sin visibilidad, como curvas, cambios de rasante o zonas con niebla.

Autovías y autopistas

Salvo que exista señalización específica que lo prohíba, por las autovías sí es posible pedalear (solo los mayores de 14 años). En este caso deben hacerlo siempre por el arcén, también en los descensos. Por el contrario, las bicis tienen prohibido circular por las autopistas.

El claxon, prohibido

Muchos conductores se enfadan con los ciclistas, con razón o sin ella, y en ocasiones recurren a un bocinazo. No es la mejor idea. Aparte de que solo debe utilizarse en caso de emergencia (el uso incorrecto puede acarrear una multa de 80 euros), el claxon puede asustar a quien va montado en la bici y desequilibrarlo.

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Cómo adelantarlos

El artículo 85 del código de circulación establece la obligación que más o menos todos los conductores tienen asumida: para adelantar a un vehículo de dos ruedas hay que dejar una separación lateral (como mínimo) de 1,50 metros. Pero hay más: también se debe reducir la velocidad, porque el aire generado por el coche podría desequilibrar al ciclista.

Asimismo, la misma norma prohíbe “adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario”. Contravenir lo establecido en este apartado del código se considera infracción grave y está sancionado con una multa de 200 euros y con la retirada de cuatro puntos del carnet.

Llegado el caso, una línea continua no debe incomodar a nadie: se puede sobrepasar a las bicicletas (incluso invadiendo el carril contrario), siempre y cuando no se ponga en peligro al vehículo adelantado ni a los que vienen en dirección contraria.

Atención a las maniobras

Cuando el conductor se acerca a un ciclista debe prestar mucha más atención que de costumbre. Quizá sorprendan sus maniobras: en determinadas circunstancias (sobre todo en ciudad), la bici es un vehículo ágil capaz de hacer cambios de dirección bruscos e inesperados; por el contrario, en carretera necesita más tiempo para frenar o para superar algunos desniveles.

Los ciclistas tienen prioridad

Si las rotondas ya son un incómodas de por sí para muchos automovilistas, la cosa se complica con bicicletas de por medio. Pero no es el único caso. El artículo 64 del código de circulación dice así: “Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

  • a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
  • b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
  • c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una
    En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos”.
    Por otra parte, los coches no tienen permitido parar o estacionar en carriles bici ni en pasos para ciclistas.

Cuidado en las ciudades

Cuando las bicis se vuelven invisibles… En el entorno urbano hay que tener tanta precaución (o más) como en la carretera. En la ciudad, en ocasiones, las bicis son igual de rápidas que los coches. Probablemente adelantarán a los coches serán adelantadas por ellos, así que se deben controlar los retrovisores constantemente y con atención, porque los ciclistas no se ven en ellos con facilidad. Los cambios de carril y de dirección resultan especialmente peligrosos.

Las obligaciones de los ciclistas

Ya se ha dicho que las bicis son vehículos de dos ruedas y, como tales, están sujetos al código de circulación. Aparte de las obligaciones generales (respetar las señales, no superar el límite de alcoholemia y no utilizar el teléfono móvil o los auriculares, por ejemplo), deben cumplir otras específicas.

Los ciclistas no pueden llevar objetos que sobresalgan por delante, ni más de 25 centímetros por detrás, ni medio metro a cada lado. En cuanto a las luces, los catadióptricos rojos traseros son obligatorios en carretera, y entre el ocaso y la salida del sol (y en los túneles) los ciclistas deben llevar una luz de posición delantera (blanca) y trasera (roja). También son obligatorias las prendas reflectantes en vías interurbanas, visibles a 150 metros de distancia como mínimo. Y el casco es igualmente imprescindible en carretera, mientras que en ciudad deben llevarlo por ley los menores de 16 años.

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