Habitualmente, en el remitente de la mayoría de las multas que reciben los conductores aparece la Guardia Civil o el ayuntamiento de su localidad. Sin embargo, hay más figuras que pueden denunciar y, en consecuencia, multar.
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Lo pudieron comprobar, en primera persona, los vecinos del centro de Gijón. Muchos de ellos incumplían la normativa de aparcamiento debido a diferentes motivos: falta de huecos para estacionar, mucho tráfico, calles estrechas…
Este fue el punto de partida para que un colectivo firmase, en un fin de semana, 110 denuncias voluntarias. Todas con las mismas iniciales. Todas señalando infracciones de aparcamiento. Tres vecinos llegaron a acumular 17 multas, que sumaban un castigo económico de 1.500 euros.
Los hechos, tal y como explicó en su momento El Comercio, tuvieron lugar a finales de noviembre de 2024. A pesar de compartir iniciales, las denuncias no procedían de una única persona. Todo apunta a que fue una acción de un colectivo que aboga por reducir la presencia de coches en la ciudad.
Es la Concejalía de Hacienda quien, a través del departamento de sanciones, gestiona estas denuncias: las autoridades de tráfico no intervienen. Algunas de ellas sí se materializan en multas, pero otras no porque faltan pruebas concluyentes.

¿Quién puede multar a un conductor?
La pregunta que surge es evidente: ¿quién tiene autoridad para multar? Lo cierto es que esta cuestión está mal formulada. La correcta sería: ¿quién tiene autoridad para denunciar?
La denuncia abre el procedimiento sancionador, la sanción es la elaboración en tiempo y forma de la denuncia, mientras que la multa es el castigo económico. En España las autoridades competentes para sancionar en materia de tráfico son:
- La Dirección General de Tráfico.
- Ayuntamientos.
- Comunidades autónomas con competencias: Cataluña, a través del Servicio Catalán de Tráfico, País Vasco, a través de su Dirección de Tráfico, y Navarra.
Cada uno de dichos organismos gestiona sus propios expedientes de sanciones. ¿Y un particular? Cualquier persona particular o empresa privada también puede poner una denuncia de tráfico ante la autoridad competente. Eso sí, para que sea válida deberán aportar pruebas concluyentes y explicar la versión de los hechos ante un agente de la autoridad en las dependencias policiales o en la Jefatura Provincial de Tráfico.
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