Muchos conductores todavía creen que están obligados a acudir a un taller oficial para conservar la garantía de su coche nuevo. Y no es así. Hace diez años cambió la ley que regulaba esta condición–se modificó con el Reglamento 46/2010– y ahora los automovilistas pueden acudir a cualquier taller, sea de la marca o no. La única condición es que este cumpla con los estándares de calidad establecidos por el fabricante del vehículo.
Al taller, cuando toca
Un coche nuevo tiene una garantía legal de dos años, como cualquier otro bien de consumo. El comprador no puede renunciar a esta garantía, de la que responde el vendedor (en este caso el concesionario). Solo en el supuesto de que a este no le sea posible o le suponga una carga excesiva, el propietario del vehículo puede reclamar directamente la garantía al fabricante.
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Durante esos 24 meses en los que el coche está bajo el paraguas de la cobertura legal hay que cumplir escrupulosamente con las revisiones en los plazos marcados por el fabricante, que son anuales o al completar un determinado número de kilómetros. El justificante de esas visitas programadas al taller son las facturas, donde se especifica la fecha y las operaciones realizadas al coche: guárdalas siempre por si tienes que hacer alguna reclamación.
¿Cómo se ejerce la garantía?
Como normal general, desde el momento de la adquisición y durante dos años el coche debe responder a las expectativas del comprador. Si no lo hace, este puede ejercer su derecho de garantía legal. Esto sucede si el vehículo no se ajusta a la descripción efectuada por el vendedor o no tiene la calidad y prestaciones que cabría esperar, declaradas y publicitadas por el fabricante.
Cuando se dé esta circunstancia, el comprador puede exigir la reparación del coche o su sustitución por otro. Ambas cosas deben ocurrir en el menor tiempo posible y de manera gratuita. Si esto no sucede y el comprador no llega a un acuerdo con el vendedor, puede iniciar la reclamación por vía judicial.
Además, un coche usado con menos de dos años también se beneficia de esta garantía legal, con independencia de cuántos propietarios haya tenido, hasta que cumpla 24 meses desde su primera compra.
Lo que debes tener en cuenta
Durante los primeros seis meses tras la compra del coche, cualquier defecto se considera de origen: si el vendedor estima que es por un mal uso del vehículo, debe demostrarlo. A partir de esos seis meses y hasta completar los dos años, se invierten las tornas y debe ser el propietario quien demuestre que el defecto es de fábrica.
Si durante el periodo de garantía legal el coche entra en el taller, el cómputo de la cobertura se suspende hasta que el vehículo quede arreglado; por ejemplo, si está en reparación 30 días la garantía legal debe ampliarse un mes sobre el plazo inicialmente marcado.
No olvides que los trabajos efectuados en el taller también cuentan con una garantía de seis meses si el coche es nuevo, un tiempo suficiente para comprobar que la reparación se ha realizado convenientemente y se ha solucionado el problema. Si esto no ocurre, puedes exigir la sustitución del vehículo, una rebaja en el precio o la resolución del contrato.
La garantía no cubre si…
No todas las averías que puedan aparecer en un coche nuevo están protegidas por la garantía legal: solo se cubren aquellas que puedan relacionarse directamente con una deficiencia de fabricación. Todos aquellos defectos provocados por la mala utilización del vehículo quedan al margen de la garantía (por ejemplo, conducir por pistas o terrenos no asfaltados o exceder la carga del vehículo).
Las piezas de desgaste tampoco están cubiertas (neumáticos, pastillas de freno, amortiguadores, embrague…). Además la garantía no se puede reclamar si no realizas las operaciones de mantenimiento marcadas por el fabricante en ese periodo de dos años, alteras las cifras del cuentakilómetros, modificas algún dispositivo del coche o si el vehículo sufre desperfectos por fenómenos meteorológicos.
Extraprotegidos: la garantía comercial
Cuando compramos un coche nuevo podemos contratar una garantía que exceda los dos años de la legal: es la garantía comercial. Esta tiene una duración determinada y acordada entre el vendedor y el comprador, rigiéndose por unas normas específicas estipuladas en un contrato.
Ten en cuenta que para ejercer esa garantía comercial, que puede ser comercializada no solo por el concesionario, sino también por el fabricante –por ejemplo, los siete años en el caso de Kia o los cinco años de Hyundai–, has de cumplir con lo establecido en ese contrato. Los plazos y talleres de mantenimiento están establecidos específicamente: aquí ya no vale ir a cualquier sitio.
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