La inspección técnica de vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que se debe cumplir en unos plazos establecidos por ley y que dependen de la edad del vehículo.
Así, por ejemplo, la primera inspección que cualquier coche debe pasar hay que realizarla cuatro años después de su primera matriculación. Después se hará cada dos años hasta cumplir los 10 y luego de forma anual.
Y a pesar de que es una actuación obligatoria y en ella se revisan elementos importantes para la seguridad de un vehículo y de sus pasajeros (como la suspensión, la dirección o los frenos), hay un gran porcentaje de vehículos que circula con la ITV caducada o sin un resultado favorable.
Cuatro posibles resultados
Favorable, favorable con defectos leves, desfavorable o negativa. Estos son los resultados que se pueden obtener al pasar esta inspección.
El primero no requiere de mucha explicación: todo está bien y se recibirá la tarjeta de la inspección técnica del vehículo sellada y una pegatina donde se indica el mes y el año próximos para pasar la revisión. Se debe pegar en el interior del parabrisas delantero, en el ángulo superior derecho.
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Si es favorable con defectos leves, significa que el vehículo tiene algún desperfecto que no tiene un impacto directo en la seguridad o en las emisiones contaminantes. Y no hay un número máximo de ellos. La ley estipula que si el vehículo solo tiene defectos leves, no se obtendrá un resultado desfavorable o negativo y no habrá que volver con ellos corregidos.
Pero entre los dos últimos resultados sí que suele haber confusión. Si se obtiene un resultado desfavorable o negativo, en ambos casos habrá que volver a pasar la inspección por segunda vez y con los defectos subsanados. El plazo es de dos meses. Si se supera ese tiempo, hay que volver a pagar la cuota de la ITV.
Inspección desfavorable
Significa que el vehículo presenta uno o varios defectos graves, como los frenos en mal estado o una luz delantera fundida.
Si esto sucede, se puede circular y salir de la ITV, pero solo para acudir a un taller a solucionar los defectos. Hay un plazo de dos meses para volver a la ITV, que no tiene que ser la misma, pero en este caso pueden volver a cobrar la tarifa completa de la revisión.
Es muy importante recordar que solo se puede circular para ir al taller o para volver a la ITV. Si un agente para el vehículo en otra situación, la sanción es de 200 euros (100 euros por pronto pago). Además, si se pasa el plazo de dos meses para subsanar estos defectos, la estación de la ITV correspondiente donde se detectaron los fallos puede dar aviso a la Dirección General de Tráfico (DGT) para que inicie el expediente de baja del vehículo.
Inspección negativa
Se obtendrá este resultado si el vehículo presenta un defecto muy grave, que suponga un claro riesgo tanto para conductor como para ocupantes u otros usuarios de la vía.
En este caso, el vehículo solo podrá ser trasladado al taller a bordo de una grúa, es decir, no podrá circular hasta el taller como en el caso de un resultado desfavorable.
También hay un plazo de dos meses para solucionar el defecto. Y como está prohibido circular con el vehículo en este estado, la sanción, en caso de que la autoridad detenga el vehículo, será de 500 euros, sin posibilidad de rebaja por pronto pago.
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