Así son desde ahora los únicos patinetes legales para la DGT

Tráfico establece un plazo transitorio para sacar de las calles los vehículos de movilidad personal que no cumplan unos requisitos mínimos de calidad.

Así son desde ahora los únicos patinetes legales para la DGT

Un patinete eléctrico en una zona urbana.

Los patinetes eléctricos ya solo pueden salir de los comercios si llevan el sello de la Dirección General de Tráfico (DGT). Desde este lunes, los vehículos de movilidad personal (VMP) de nueva comercialización deben contar con un certificado que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos por la normativa española e internacional.

Si no responden a las características exigidas por Tráfico, los VMP no podrán venderse legalmente. Y aquellos que ya están en circulación, deberán desaparecer de las calles antes el 21 de enero de 2027, ya que sólo serán legales los vehículos de movilidad personal certificados.

Se calcula que en España circulan alrededor de un millón de patinetes eléctricos, que son los VMP más populares.

Mediante el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, publicado por la DGT hace dos años, el organismo se propone garantizar que el parque de VMP cumpla unos niveles mínimos de calidad y se eviten, por ejemplo, explosiones de las baterías o incendios por sobrecarga. 

Patinetes eléctricos prohibidos en el tren

Siniestros de este tipo han llevado a muchas empresas públicas de transporte (como Renfe y los metros de Madrid y Barcelona) a prohibir a los usuarios el acceso con patinetes eléctricos. También se pretende sacar del asfalto modelos trucados que superen la potencia y la velocidad máximas permitidas, dado el aumento de siniestros registrados por los VMP en los últimos años.

Tráfico recoge en su página web los modelos ya homologados. Todos son vehículos de una única plaza, con dos o más ruedas, con un rango de velocidad de entre 6 y 25 km/h; para que lleven sillín, deben contar con un sistema de autoequilibrado. Además, el manual especifica que sus baterías serán de hasta 100 VCC y el cargador integrado, de hasta 240 VCA de entrada. 

Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad  reducida, los juguetes, las bicicletas de pedaleo asistido y los vehículos tipificados como L según el reglamento 168/2013 de la Unión Europea, es decir, ciclomotores, motos, triciclos y cuatriciclos.

Y como la normativa de la DGT los considera vehículos a todos los efectos, sus conductores ha de cumplir el código de circulación igual que el resto. Entre otras obligaciones y prohibiciones, deben respetar las señales de tráfico, no pueden conducir si superan los límites de alcoholemia (0,0 mg/l en el caso de los menores de edad) ni usar el teléfono o llevar auriculares en marcha.

Por otra parte, la circulación está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. En las ciudades, está prohibido también avanzar por las aceras.  

Velocidad máxima y otras características

Cuando se alcance una velocidad máxima de 25 km/h, el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, este ha de disponer de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. El resto de características principales son estas:

VMP con ‘matrícula’ obligatoria

Los fabricantes de VMP, por otra parte, están obligados a disponer de un certificado de circulación e identificación para sus vehículos. 

Así, todos los VMP deben tener desde este lunes un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.

También tendrán que contar en la parte trasera con un espacio para llevar esa identificación o etiqueta de registro. Aunque no se trata de una matrícula como tal, sirve para identificar cada VMP como vehículo único.

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