Autopistas, autovías, carreteras… ¿Por dónde pueden ir los ciclistas?

Los usuarios de bicicletas deben respetar, como el resto de vehículos, las normas y prohibiciones del reglamento de circulación.

Ciclista
Los ciclistas se han convertido en uno de los colectivos más expuestos a sufrir accidentes de tráfico | GETTY IMAGES

La siniestralidad en los distintos tipos de vías de la red española ha variado durante la última década. Ha habido más accidentes, pero se han registrado menos víctimas mortales. Estas han recaído en los usuarios más vulnerables, entre ellos los ciclistas. En 2019, por primera vez en la historia, estos usuarios vulnerables supusieron más de la mitad de las víctimas mortales.

Las últimas cifras de los siniestros en carretera de los que hay constancia arrojan que entre 2018 y 2020 perdieron la vida 236 ciclistas, teniendo en cuenta los decesos ocurridos hasta 30 días después de sufrir el accidente. Por comunidades autónomas, Cataluña lidera el índice de siniestralidad.

Por todo ello, los aficionados a la bici deben extremar las precauciones en sus salidas, ya que muchos conductores de coches continúan sin respetar las normas de circulación cuando comparten tramos de la vía con las bicicletas. También los ciclistas deben conocer (y cumplir) el reglamento de circulación, pues las bicis se consideran vehículos a todos los efectos.

¿Por qué vías pueden circular los ciclistas?

Según la última reforma de la ley de tráfico, que data del 21 de marzo de 2022, incide en la prohibición de circular por autovías y autopistas a los vehículos de tracción animal, personas con movilidad reducida, ciclomotores y bicicletas.

Para estas últimas existe una salvedad: “Los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente”.

¿Cómo tienen que ir los ciclistas por la carretera?

Por su parte, tanto en carreteras secundarias y vías urbanas, los ciclistas tienen permitida la circulación sin restricciones, aunque teniendo en cuenta algunos aspectos. Por ejemplo, a la hora de circular por carreteras secundarias, si no existe arcén, los ciclistas podrán circular por la zona más próxima al lado derecho de la carretera. 

En cambio, si se desplazan en paralelo, tan solo podrán hacerlo dos ciclistas, siempre y cuando haya una buena visibilidad. Queda prohibido proceder de esta manera en tramos de curvas sin visibilidad y cuando se formen aglomeraciones. En estos casos, deberán colocarse en hilera.

¿Qué reglas deben seguir los ciclistas?

Para minimizar los riesgos de sufrir un accidente y evitar multas, los ciclistas deben de seguir una serie de reglas al salir con la bicicleta:

  • Está prohibido usar el teléfono móvil. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. El uso del móvil o auriculares se castiga con 200 euros de multa.
  • Carril bici. Por seguridad, tanto en ciudad como en carretera, es recomendable –no obligatorio– circular por los carriles bici siempre que estos estén disponibles.
  • Cero alcohol. La tasa máxima de alcoholemia es la misma que para los conductores en general (0.25 miligramos por litro de aire espirado). Dependiendo de la tasa y la reincidencia, la multa es de entre 500 y 1.000 euros.
  • Pasajeros. En bicicletas solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad. La multa es de hasta 100 euros.
  • Luces obligatorias. Deben de estar encendidas, tanto delante como detrás, para ver y ser visto, siempre que se circule de noche, en pasos inferiores o por túneles. No llevar luces: 200 euros de multa.
  • Prioridad a los peatones. Es obligación de los ciclistas ceder el paso ante un paso para peatones debidamente señalizado y cuando giran para entrar en otra vía y hay peatones cruzándola. No respetar la prioridad de paso de los peatones: 200 euros de multa.
  • Prioridad de paso. Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. En el resto de situaciones, deben respetar las prioridades de otros usuarios como establezcan las normas y las señales de esa vía. No respetar la prioridad de en una intersección: 200 euros de multa.
  • Circulación en grupo. Los ciclistas cuando circulan en grupo gozan de prioridad –todos ellos, del primero al último– en las glorietas, al igual que en el resto de las intersecciones, cuando el primero de los ciclistas ya haya entrado en ella.
  • Respetar las señales. Las señales de los semáforos, al igual que las verticales (stop, ceda el paso, velocidad limitada…), son para todos los conductores, incluidos los ciclistas.
  • Casco en carretera. En carretera, es obligatorio para todos los ciclistas un casco de protección homologado, con tres excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo. Es fundamental ponérselo correctamente y llevarlo siempre abrochado. Circular sin casco cuando es obligatorio: 200 euros de multa.
  • Casco en ciudad. El casco protector es obligatorio solo para los menores de 16 años. Para los demás ciclistas es solo recomendable y siempre aconsejable. No llevar casco cuando es obligatorio: 200 euros de multa.
  • Aceras. Está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones. Circular por la acera: hasta 100 euros de multa.
  • Reflectantes en carretera. En los momentos en que es obligatorio encender las luces, debe completarse con una prenda reflectante para que los demás conductores puedan distinguirlos a 150 metros de distancia. Circular sin reflectantes: 80 euros de multa.

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