Tráfico sugiere a los ayuntamientos que no multen a estos vehículos por entrar en las ZBE

Los coches sin etiqueta no pueden entrar a las zonas de bajas emisiones, salvo que los consistorios hagan excepciones.

zona de bajas emisiones
Una señal que indica la llegada a una zona de bajas emisiones.

Las zonas de bajas emisiones son áreas urbanas de tráfico restringido a las que no pueden acceder los vehículos más contaminantes, según establece el sistema de etiquetado medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). De modo general, aquellos vehículos sin etiqueta son los que sufren las restricciones más estrictas, pero los ayuntamientos tienen libertad para hacer excepciones.

El decreto del Ministerio de Transición Ecológica que regula la creación de las ZBE señala que “se priorizará el acceso de los vehículos cero emisiones”: en algunas, como en la zona de especial protección Distrito Centro de Madrid, hay restricciones también para los que muestran las etiquetas B y C. Los ECO, por lo general, pueden circular sin cortapisas. 

En todo caso, los ayuntamientos tienen libertad para elegir el modelo de ZBE: grande y menos restrictiva o pequeña y más exigente. La ley solo dice que debe abarcar un espacio suficiente como para que resulte eficaz y reduzca las emisiones. 

Excepciones para las ZBE

Por la misma razón, puede añadir excepciones a la norma general. De hecho, Tráfico publicó a finales de 2023 una instrucción con recomendaciones para el establecimiento de moratorias, exenciones y autorizaciones en el acceso de vehículos a las zonas de bajas emisiones.

En ese texto, incluye varias sugerencias de excepciones basadas en su registro de vehículos:

  • Vehículos históricos.
  • Vehículos dotados de tarjeta de estacionamiento para persona de movilidad reducida y
    personas con discapacidad.
  • Vehículos para el aprendizaje de la conducción de autoescuelas ubicadas dentro de la ZBE.
  • Vehículos de alquiler sin conductor que deban entregarse en una oficina ubicada dentro de las ZBE.
  • Vehículos que tengan como destino o salida talleres de mantenimiento y reparación ubicados dentro de las ZBE
  • Vehículos determinados por la autoridad municipal según la clasificación de industria, tales como vehículos de auxilio en carretera, emergencias, transporte público, protección civil o vehículos blindados.
  • Vehículos de transporte de caudales.

Además, en una actualización reciente de esta instrucción, Tráfico incluyó también como sugerencia de excepción (que depende en último término de las normativa municipales) a los vehículos que vayan a realizar la inspección técnica (ITV) a estaciones ubicadas en el interior de la ZBE.

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