Los controles policiales en carretera pueden ser de diferente naturaleza. Están aquellos enfocados en detectar vehículos con defectos graves, los que quieren frenar el consumo de alcohol y drogas al volante o, sencillamente, los de vigilancia que buscan a algún individuo concreto.
Sea como fuere, avisar de la presencia de un control en carretera puede estar sancionado hasta con 30.000 euros de multa. Eso sí, no bajo la ley de tráfico, sino al amparo de la conocida como ley mordaza. Y es que interferir con una operación especial de las fuerzas del orden puede tener graves consecuencias.
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Si se demuestra ante un juzgado, según la ley Orgánica 4/2015, que el aviso de un control ha interferido en el éxito de operaciones de los agentes de seguridad es una infracción grave, sancionada con entre 601 y 30.000 euros de multa. Si además se añaden imágenes del control en las que salgan los agentes, estarían incurriendo en otra infracción grave, según otro artículo de esta misma norma. Más allá de las multas, las sanciones pueden ir acompañadas de la retirada de permisos, como el carnet de conducir, incluso hasta durante dos años.
Pero es que, tal y como muestra el último vídeo publicado en las redes sociales de la Guardia Civil, avisar a otros conductores de todos los controles puede truncar la detención de un delincuente.
Muchos controles de vigilancia están dirigidos a parar conductores y vehículos que no están en condiciones de circular. Sin embargo, otros se instalan porque los agentes están buscando a alguien en concreto, normalmente una persona involucrada en algún tipo de delito. Al avisar de la presencia de un control de este tipo, se están reduciendo las posibilidades del éxito de la operación y, por lo tanto, de la detención de la persona en búsqueda.
Hasta 200 euros por usar las luces
Una de las maneras habituales de los conductores para avisarse entre sí ante un control es mediante el uso de las luces largas. Dando ráfagas, los conductores que se cruzaban con un control en el carril contrario avisaban a aquellos que se lo iban a encontrar de frente.
Esta conducta incumple con el uso de las luces del vehículo que regula el artículo 100 del Reglamento General de Circulación. En él se especifica que utilizar la luz de largo alcance “en forma de destellos” y “con propósitos diferentes a los contemplados en este reglamento” está prohibido. La sanción es de 100 euros y de hasta 200 euros por deslumbrar a otros conductores.
Ahora, también se utilizan redes sociales, pero su uso presenta ciertos claroscuros. No está prohibido formar parte de grupos como Social Drive o Waze y es cierto que no existe una regulación concreta sobre los avisos de controles en carretera, sobre todo si la información se ha conseguido lícitamente. Es decir, si un conductor pasa por un control o un radar móvil y avisa sobre ello no podría ser sancionado.
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