La documentación necesaria para circular legalmente en España parece sencilla, a primera vista: un permiso para acreditar que una persona está habilitada para conducir y otro que certifica que el vehículo está en regla. Sin embargo, en la práctica, no son pocos los conductores que confunden ambos conceptos, según se desprende de las búsquedas en Google.
¿Cuál es el permiso del coche? ¿Qué permisos de conducir existen en España? ¿Qué es el permiso de circulación? El carnet de conducir y el permiso de circulación cumplen funciones diferentes y ninguno sustituye al otro. La confusión, además, puede tener consecuencias legales si no se llevan los documentos adecuados y obligatorios en un vehículo.
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Clases de permiso de conducir
El carnet de conducir es una autorización personal. Identifica a la persona como apta para manejar determinadas categorías de vehículos, siempre en función de la formación recibida y de la normativa vigente. Existen múltiples clases de permisos y cada uno habilita para un tipo concreto de vehículo y un determinado peso, potencia o número de plazas.
El permiso B, que habilita a conducir turismos y vehículos ligeros de hasta 3.500 kilos, es el más común en España, y sus características suelen ser la referencia que muchos conductores utilizan como norma general. Y es lo que todo el mundo llama “el carnet de conducir”.
Pero la existencia de diferentes tipos de vehículos obliga a una regulación más amplia para motocicletas, camiones o autobuses, y a que cada conductor cuente con la autorización adecuada para el vehículo que maneje.
Carnet A de moto
- A1. Puede obtenerse desde los 16 años y permite conducir motocicletas de 125cc y de hasta 15 CV de potencia, sin sidecar.
- A2. Se puede optar a él a partir de 18 años y habilita la conducción de motos de hasta 47 CV. Se introdujo en el reglamento de conductores en 2009 y su principal función es limitar los primeros pasos de los nuevos motoristas, para que tengan que rodar primero dos años con modelos de potencia más contenida.
- A. Se obtiene a partir de los 20 años y siempre que se tengan dos años de experiencia con el A2. Con él se puede conducir cualquier tipo de motocicleta
Estos documentos, con una vigencia ordinaria de 10 años hasta que se cumplen los 65, acreditan que su titular ha superado las pruebas teóricas y prácticas necesarias. Es, por tanto, un título que certifica conocimientos, capacidades y destrezas suficientes para circular de forma segura. También está vinculado al sistema de puntos, que puede provocar su suspensión temporal o definitiva en caso de infracciones graves o reiteradas.
Multas relacionadas con el carnet de conducir
En España hay 28.142.469 titulares de permisos de conducir (incluidos aquellos que poseen la licencia AM de ciclomotores). Circular con el carnet caducado se castiga con una multa de 200 euros, sin detracción de puntos. La sanción por ponerse al volante con el carnet suspendido es también de 200 euros, más la retirada de cuatro puntos. En cambio, ponerse al volante sin haber obtenido nunca el carnet acarrea una sanción de 500 euros. Y conducir, por ejemplo, conducir un camión con carnet de coche cuesta 500 euros más la retirada de cuatro puntos.
Carnet de conducir C (camiones)
Por encima del permiso de coche se encuentra el carnet C (camiones), que habilita para manejar vehículos más pesados:
- Carnet de conducir C1. Autoriza la conducción de camiones de más de 3.500 kilos de masa máxima autorizada, siempre que esta no exceda de 7.500 kilos. La edad mínima es de 18 años.
- Carnet de conducir C. Con este permiso se pueden conducir camiones no articulados cuya masa máxima autorizada exceda los 3.500 kilos. Edad mínima para solicitarlo: 21 años.
Carnet de conducir D y E:
- Carnet de conducir D: permite el transporte más de nueve personas (incluido el conductor).
- Carnet de conducir D1: hasta 16 pasajeros. El vehículo no puede exceder los 8 metros.
- Carnet de conducir E: autoriza llevar remolques o semirremolques de más de 750 kilogramos y se combina con los permisos B, C1, C, D1 y D
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Qué es el permiso de circulación
El segundo documento, el permiso de circulación, no está ligado a la persona, sino al vehículo. Funciona como una especie de DNI del coche y certifica que un automóvil, motocicleta o furgoneta está inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT y cumple los requisitos administrativos para estar en circulación.
Este permiso incluye datos esenciales como el número de bastidor, la marca, el modelo o la fecha de matriculación, además del titular del vehículo. Solo deja de ser válido si se modifica el estado administrativo del automóvil (por ejemplo, si se da de baja, se cambia de titular o es objeto de alguna anotación en el registro). El conductor debe llevarlo –en formato físico o digital mediante la aplicación miDGT– siempre que utilice el vehículo y mostrarlo a los agentes cuando sea requerido. De lo contrario, se expone a una multa de 200 euros.
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Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).
