Corría 1966 cuando en España se incorporaba al paisaje de las ciudades un nuevo carril, reservado y delimitado para la circulación de autobuses. La primera urbe en contar con uno de estos fue Barcelona. El 2 de mayo de 1966, se inauguraron los primeros carriles reservados al transporte público de viajeros: en la Ronda Universidad y en el Paseo de Gracia, en la calzada central ascendente.
Unos meses más tarde, el 21 de noviembre de 1966, Madrid haría lo propio y ponía en marcha los dos primeros tramos: en la calle Alcalá, entre la plaza de la Independencia y Cibeles, en el lado de los impares, y en la propia Alcalá, entre la calle Marqués de Cubas y Cibeles, en el lado de los pares. Estaban señalizados con dos líneas continuas, una de color blanco y otra amarilla que no podían ser rebasadas por vehículos distintos a los autobuses.
Al principio, estos novedosos carriles disponían de un horario de utilización. Su aprovechamiento comenzaba a las 8:00 y llegaba hasta las 14:30. Por la tarde, empezaba a las 16:00 hasta las 21:00.
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El resto del día estaba permitida la circulación de los demás vehículos, aunque la indisciplina de los conductores y el aumento del parque móvil llevó a ampliar su horario las 24 horas y terminar separándolos físicamente con bolardos u otros elementos.
¿Quién puede circular por el carril bus?
Como su propio nombre indica, es un carril reservado para la circulación de autobuses para el transporte público de viajeros. El resto de vehículos tienen prohibida la circulación y, cómo no, la detención en esta senda. Así mismo, si la señalización lo autoriza, los taxis también tienen permitida la circulación. En este caso, la denominación es carril bus-taxi.
En el caso de los taxistas, sí que pueden realizar paradas –nunca superiores a los dos minutos– y que estas no sean para esperar a un cliente. Otros vehículos de transporte de viajeros como los VTC o los autocares privados tienen prohibida la conducción en estas sendas delimitadas.
Motocicletas
Son los ayuntamientos con sus ordenanzas municipales los encargados de delimitar la circulación de los distintos vehículos en los carriles bus. Por ejemplo, las motocicletas sí que tienen permitida la conducción en la ciudad de Madrid, solo por aquellos carriles bus en los que la señalización así lo indique.
En el resto de grandes ciudades de España no existe un consenso y las distintas legislaciones cuentan esto:
- Barcelona: las motocicletas tienen prohibido circular por todos los carriles bus-taxi desde 2011. Varios informes aseguraban que permitir la circulación de motos aumentaba en un 37% el número accidentes.
- Sevilla: desde diciembre de 2012, cualquier usuario puede circular con su motocicleta por los carriles bus de la ciudad.
- Valencia: en junio de 2019 entró en vigor una nueva ordenanza que prohíbe circular por estos carriles a las motocicletas.
- Vigo: el Ayuntamiento de la ciudad gallega permite la circulación a las motos desde 2013.
- Palma de Mallorca: el tránsito por estos carriles tanto de motos como de ciclomotores está permitido desde 2009.
- Vitoria: en este caso, las motos pueden conducir por ellos, siempre y cuando este señalizado.
- Madrid: desde 2006, permite circular en moto por los carriles bus-taxi, siempre que se trate de motocicletas de más de 50cc. Es decir, los ciclomotores lo tienen expresamente prohibido. Así mismo, el carril bus del paseo de la Castellana, con gran siniestralidad, es el único por el que no pueden circular motocicletas en el tramo comprendido entre Joaquín Costa y Plaza de Castilla.
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