¿Está permitido estacionar en doble fila?: estas son las excepciones

La multa por aparcar en doble fila puede ser de hasta 200 euros. Sin embargo, hay algunos casos en que está permitido.

multas
Varios vehículos en doble fila.

No se puede aparcar en doble fila, ni un minuto ni medio: como precepto básico, la maniobra está prohibida, se considera infracción grave y acarrea una sanción de 200 euros.

Luego pueden tenerse en cuenta los detalles y que entre en juego la percepción del agente o su benevolencia –a las nueve de la mañana a las puertas de un colegio, por ejemplo–, pero ley señala literalmente la prohibición. 

Multa por estacionar en doble fila

“Queda prohibido estacionar […] en doble fila”, según el artículo 40 de la ley de tráfico, por lo que el conductor, muy probablemente, recibirá una multa de 200 euros.  Esto es así porque el reglamento de circulación (artículo 91) establece que los coches estacionados en doble fila sin conductor “obstaculizan gravemente la circulación”.

Y eso, de vuelta a la ley de tráfico (artículo 76, apartado d), puede considerarse infracción grave. Depende de cuánto considere el agente que se obstaculiza el tráfico.

Además del espacio físico que ocupe el coche, los otros dos factores que determinan si un conductor está dejando el coche en doble fila son la ausencia y el tiempo.

De este modo, si el automovilista abandona el coche, por mucho que deje accionadas las luces de emergencia y se quede a su lado esperando a una persona, lo que está haciendo es estacionar en doble fila, lo que traslada el asunto a los dos párrafos anteriores.

¿En qué casos se permite?

También existe, no obstante, la figura legal de la parada. La ley la define –Anexo I, epígrafe 81– como la “inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo”.

Así pues, siempre que no deje el coche en un lugar inapropiado y no se baje de él, un automovilista puede parar en la calle durante dos minutos.

Pero el límite resulta muchas veces escaso, y si un agente constata que el vehículo lleva detenido más tiempo de la cuenta podrá poner una denuncia por aparcar en doble fila, y el bucle vuelve al principio. Y a Caballero Bonald: “Somos el tiempo que nos queda”.

No obstaculizar

También se debe tener en cuenta que la parada (exactamente lo mismo que un estacionamiento) debe realizarse de manera que “no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía”.

Lo anterior aparece escrito en el artículo 91.1 del código de circulación, que abunda en el asunto un epígrafe más abajo: “Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos”:

  • Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre ella que indique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos.
  • Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado.
  • Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
  • Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos (sic).
  • Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico. 
  • Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente.

200 euros de multa

Tampoco está permitida la parada, de forma genérica, en los casos en que, “sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales”.

Y, como conclusión, “los supuestos de paradas […] en lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente la circulación tienen la consideración de infracciones graves”, por lo que la sanción, nuevamente, es de 200 euros. 

Según la ley, por tanto, casi cualquier maniobra de este tipo es susceptible de considerarse una infracción grave, de manera que todo depende del sentido común de quien conduce y de las circunstancias concretas del tráfico.

Y, en según qué momentos, de la actitud del agente, que también podría considerar algunas paradas o estacionamientos en doble fila como infracción leve, por lo cual la sanción será inferior a 100 euros, habitualmente 80.

Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram

Newsletter ElMotor

Recibe la newsletter de EL MOTOR con toda la actualidad del mundo del automóvil y la moto, tecnología, seguridad, conducción y eficiencia.

Apúntate

Servicios ELMOTOR

Encuentra los mejores talleres, seguros, autoescuelas, neumáticos…

BUSCAR
Cerrar

NEWSLETTER

Toda la actualidad del mundo del automóvil y la moto, tecnología, seguridad, conducción y eficiencia en tu buzón de correo.

¡Me interesa!
Por ahora no