Las enfermedades con las que está prohibido renovar el carnet de conducir

La Dirección General de Tráfico (DGT) advierte sobre el grupo de dolencias que son incompatibles con el manejo de vehículos.

Consulta médico

Foto: Getty Images

Cualquier persona que quiera ponerse al volante de un coche (o al manillar de una moto) debe hacerlo con seguridad, tanto para sí mismo como para el resto de conductores. Por ello, el conductor debe contar con unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras suficientes para dicho desempeño.

Una persona debe estar en plenitud de capacidades físicas y psíquicas para conducir un vehículo por varias razones cruciales relacionadas con la seguridad vial, el bienestar personal y la responsabilidad social. Además, las consecuencias legales también son también importantísimas.

En caso de un accidente, un conductor que no se encontraba en plenitud de sus capacidades, se puede enfrentar a consecuencias legales severas, incluyendo multas, retirada del carnet de conducir, o incluso llegar a cumplir penas de prisión.

Penas de cárcel

Para controlar que los aspirantes a conseguir el carnet de conducir o a renovarlo cumplen estos requisitos, disponen de las pruebas físicas y psicotécnicas que se llevan a cabo en los Centros de Reconocimiento de Conductores homologados. Estos certificarán que el conductor está en plenas condiciones físicas y psíquicas para conducir un vehículo.

Pero existen dolencias que impiden percibir los estímulos de la conducción. Por ejemplo, algo tan sencillo como que el cerebro reciba la información de que un semáforo cambia a rojo o que un peatón va a cruzar, tiene que ser procesado y que las partes implicadas del cuerpo manejen de forma precisa los mandos del vehículo para evitar un accidente. La presencia de enfermedades puede alterar esta secuencia.

Enfermedades que impiden conducir

La DGT en su afán de minimizar los accidentes de circulación y llegar al objetivo marcado por el proyecto internacional ‘Visión Cero’ que quiere lograr un sistema de tránsito sin muertes o lesiones graves y alcanzar en el año 2050 la cifra de cero muertes en la carretera, ha dado a conocer, entre otras medidas, la lista con las afecciones que impiden conducir.

La DGT incide en que este listado, que se divide en nueve categorías, está apoyado en estudios científicos que demuestran que cuando los conductores sufren alguna de estas enfermedades, tienen mayor riesgo de sufrir un accidente

Las nueve categorías se dividen en: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas e impiden conducir o renovar el carnet.

Enfermedades vasculares

Enfermedades cardiacas

Enfermedades psiquiátricas

Si el trastorno es leve y el paciente cuenta con un informe médico que así lo avale, en el resto de los casos, se estará incapacitado para conducir si se padece:

Enfermedades neurológicas

Enfermedades endocrinas

Enfermedades digestivas

Enfermedades respiratorias

Enfermedades oncológicas

Enfermedades crónicas y degenerativas

Todas las siguientes enfermedades son incompatibles con la conducción.

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Rubén Pérez

Entusiasta del motor en toda su magnitud, preferiblemente los V12. Le dijeron que cuatro ruedas eran mejor que dos, por eso se compró otra moto. Claro que también le apasiona cuando van las cuatro juntas. Ha trabajado como creativo publicitario para muchas marcas de coches y motos e hizo la mili en esto de juntar letras en la editorial Luike.

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