Un juzgado de Madrid anula una multa de un dispositivo de la DGT que vigila las líneas continuas

El tribunal considera que las imágenes no prueban la infracción; la Abogacía del Estado alegaba que el coche solo pudo cambiar de carril atravesando la raya o volando.

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El tribunal sabía que los coches no vuelan, pero necesitaba pruebas que lo corroborasen y ha dado la razón al automovilista. Un juzgado de Instancia de Madrid ha anulado una multa de tráfico de 200 euros impuesta a un conductor por no respetar una línea continua en la autovía A-6 al considerar que las fotografías aportadas por las cámaras de la Dirección General de Tráfico (DGT) no muestran el momento exacto en el que el vehículo sobrepasó la marca de la calzada.

La sentencia de la sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 5, considera que la Administración, “que goza de facilidad probatoria”, solo aporta dos fotografías en la que se aprecia “un vehículo circulando por dos carriles distintos”.

Ninguna de las imágenes refleja “el momento exacto en el que el vehículo habría pasado por encima de la marca longitudinal continua que aparece en la calzada”.

Los hechos ocurrieron el 28 de enero de 2025 a la altura del kilómetro 20,2 de la autovía A-6 (Madrid-A Coruña). Tráfico sancionó al conductor “por no respetar una marca longitudinal continua” y en la denuncia adjuntó las fotos aportadas por el dispositivo automático ubicado en ese punto.

Cruzar una línea continua: 200 euros de multa

Este sistema realiza una primera fotografía del vehículo circulando por un carril y unos metros más adelante obtiene otra en el carril contiguo.

Según la Abogacía del Estado, el conductor sancionado “no respetó la cola y se cambió de carril” antes de tiempo. “Una vez que se lee la matrícula en la línea continua, aparece en el siguiente carril rebasando la línea continua. Está en un carril y más adelante, ha tenido que rebasar la línea, salvo que el coche tenga capacidad de volar”, alegó.

Asistido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), el recurrente solicitó la nulidad de la multa al considerar que se habían vulnerado tanto la presunción de inocencia como el derecho a la defensa, ya que, a su juicio, no existían pruebas suficientes que acreditasen la infracción.

El vídeo del día

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La magistrada ha dado la razón al presunto infractor. “La Administración, que goza de facilidad probatoria, se limita a aportar dos fotografías en la que se aprecia un vehículo circulando por dos carriles distintos. Se desconoce si se trata de una misma vía, y no se aprecia el momento exacto en el que supuestamente el vehículo habría pasado por encima de la marca longitudinal continua que aparece en la calzada”, dice la sentencia.

Igualmente, la sentencia subraya que tampoco constaba en el expediente administrativo “placa identificativa de la cámara para la captación de imágenes en la carretera, protección de datos personales y garantía de los derechos digitales”, cuando las áreas videovigiladas “deben encontrarse debidamente señalizadas con carteles informativos de su presencia”.

De esta forma, la sentencia da la razón al conductor y anula la multa de 200 euros. “Esta resolución judicial constituye un importante precedente y refuerza las garantías jurídicas y de funcionamiento que deben tener los sistemas automatizados de captación de infracciones”, ha subrayado el presidente de AEA, Mario Arnaldo.

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Tráfico vigila con cámaras las incorporaciones con línea continua. | Revista Tráfico y seguridad vial

Cuatro cámaras ‘foto-línea’

A juicio de AEA, los sistemas automatizados de denuncias tienen “una clara finalidad recaudatoria” y ha abogado como medida “mucho más eficaz para la seguridad vial” el aumento de la presencia policial.

La DGT puso en funcionamiento hace tres años este tipo de dispositivos (bautizados por esta organización como foto-línea) para sancionar a los conductores que sobrepasan una línea continua al cambiar de carril. Lo hacen, por lo general, cuando el tramo está atascado y prefieren saltarse el turno en la fila de vehículos.

Todas las cámaras están en la Comunidad de Madrid, situadas en determinadas salidas de autovías principales:

  • A-1: kilómetro 15,95 (sentido entrada a Madrid, en el término municipal de Alcobendas)
  • A-2: kilómetro 11,8 (sentido entrada, cerca del aeropuerto de Barajas)
  • A-6: kilómetro 20,2 (en dirección a Madrid, cerca de Las Rozas)
  • A-42: kilómetro 16,9 (en sentido entrada, a la altura de Getafe)

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