Muchos compradores prefieren adquirir su coche a un particular en lugar de hacerlo a un profesional. Un mejor precio, la posibilidad de negociar una rebaja y el trato directo con el propietario del vehículo son los principales argumentos que animan a formalizar una compra entre particulares. Si se elige esta opción hay que cumplir obligatoriamente con una serie de trámites.
Antes del comprar el coche
No se debe firmar la compra de un coche sin tener certeza de que no hay pagos pendientes ni, por ejemplo, la ITV rechazada. A no ser que se acuerde lo contrario entre ambas partes, el impuesto de circulación del año en curso corre a cuenta del vendedor, con independencia de cuándo se formalice la compra.
Más información
Respecto a la inspección técnica, si la ITV no está en vigor el coche puede venderse, pero no podrá circular. El vendedor debe encargarse de efectuar la inspección y de solventar cualquier posible incidencia antes de traspasar su vehículo.
En el momento de la venta, por otra parte, el vehículo no puede tener pendiente el pago de ninguna multa, embargo, precinto, procedimientos concursales o cualquier otra carga administrativa o judicial. Para comprobar que es así, lo mejor es solicitar un informe del vehículo a la Dirección General de Tráfico, bien sea por internet, presencialmente o por teléfono. El básico o reducido es gratuito y ofrece datos sobre la primera matriculación y sobre posibles incidencias que impidan su transferencia y utilización. Si se solicita un informe completo, su coste lo debe asumir el comprador.
Una vez comprobado que el coche tiene todos los papeles en regla es momento de formalizar la compra. El vendedor y comprador pueden realizar los trámites o encomendar a una gestoría este trabajo, lo que obviamente tiene un coste. Estos son, en todo caso, los pasos que se deben seguir:
Contrato de compraventa
El contrato de compraventa es obligatorio y ha de ser firmado por duplicado en todas y cada una de sus páginas por el vendedor y el comprador, quedándose ambos con una copia. En la web de la DGT hay un modelo de contrato para descargar.
El contrato debe recoger la información completa del vendedor y del comprador –nombre y apellidos, DNI o tarjeta de residencia y dirección– y del vehículo, con datos como la marca, el modelo, la matrícula, el kilometraje y el número de bastidor. También deben especificarse las condiciones acordadas en la venta, es decir, el precio final, el plazo de entrega del coche y la forma de pago, además de todos los detalles que consideren ambas partes.
Junto con el contrato hay que aportar una copia del DNI o el permiso de residencia del comprador y vendedor, del permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo y del justificante del pago del impuesto de circulación.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Existe un plazo de 30 días hábiles desde que se firma el contrato de compraventa para liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Lo debe pagar el comprador y la cantidad se establece en función del precio de venta, marca, modelo y antigüedad del vehículo. Cada comunidad autónoma aplica un porcentaje impositivo distinto, que oscila entre el 4% y el 8%.
El ITP se puede pagar por internet, en una entidad bancaria o en una oficina liquidadora de Hacienda de la comunidad autónoma donde reside el comprador. El impuesto, una vez liquidado, debe presentarse de forma física a no ser que la comunidad correspondiente habilite la gestión telemática. Debe acompañarse de una copia del contrato de compraventa, del permiso de circulación y de la ficha técnica del vehículo.
Cambio de titularidad o transferencia del vehículo
El trámite que permite cambiar la titularidad del coche ha de hacerlo el comprador, abonando la correspondiente tasa (actualmente, 55,15 euros). El plazo es de 30 días hábiles desde la firma del contrato de compraventa. Se realiza en la Jefatura Provincial de Tráfico o por internet a través del registro electrónico. Hay que entregar tanto el impreso correspondiente, como las copias del contrato de compraventa y del DNI o tarjeta de residencia del comprador y del vendedor. También debe añadirse el justificante de pago del ITP. El nuevo permiso de circulación se entregará en el momento.
Notificación de venta
La notificación de venta debe hacerla el vendedor. La DGT recomienda cumplir el trámite lo antes posible y no esperar a que el comprador formalice el cambio de titularidad. La notificación de venta exime de responsabilidades sobre ese vehículo ante posibles infracciones. El trámite se puede realizar online o presencialmente en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Hay que entregar la solicitud junto con el contrato de compraventa del coche y el justificante de pago de la tasa, establecida en 8,59 euros.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram