LO ÚLTIMO
Cambios de normas de la DGT para 2026: ¿es necesario llevar un chaleco reflectante para todos los pasajeros?

La policía detecta un coche a 225 km/h en una vía limitada a 90: al detenerlo llega la sorpresa

Madrid |

Detrás de aquella madrugada había varios detalles que terminarían complicando mucho más la situación de lo que parecía en un primer momento.

Coche velocidad

Foto: Getty Images

Un control de velocidad instalado de madrugada terminó con una de esas mediciones difíciles de olvidar. Los agentes vieron acercarse un vehículo a un ritmo extraordinario y el radar confirmó sus sospechas: superaba ampliamente los 200 km/h. 

La cifra ya resultaba excepcional. Sin embargo, cuando la policía consiguió detener el automóvil y comprobó quién estaba al volante, apareció un detalle que hizo todavía más llamativa la infracción. 

A 225 km/h donde solo podía circular a 90 

Ocurrió alrededor de las cinco de la madrugada del 24 de junio, en el acceso a la autopista A64 desde Toulouse (Francia), en dirección a Muret. La policía realizaba allí un control en un tramo limitado a 90 km/h. 

El aparato registró inicialmente más de 230 km/h. Una vez aplicado el margen correspondiente, el valor utilizado oficialmente quedó fijado en 225 km/h, nada menos que 135 km/h por encima del máximo permitido. 

Los policías lograron interceptarlo poco después. Hasta ese momento podía parecer simplemente otro exceso extremo, pero la identificación añadió un elemento inesperado: el conductor tenía únicamente 18 años y todavía disponía de un permiso probatorio. 

El Audi tampoco era suyo 

El coche era un Audi RS 6, uno de los familiares deportivos de mayores prestaciones de la marca alemana. Pero había una segunda sorpresa esperando a los agentes: el joven no era el propietario, ya que se trataba de un vehículo de alquiler. 

Ese detalle resultó especialmente relevante para el destino del automóvil. Tras la intervención policial, el RS 6 fue inmovilizado y trasladado al depósito, pero su titularidad impedía que pudiera ser confiscado como si perteneciera al infractor. 

La legislación francesa contempla precisamente el decomiso del vehículo entre las posibles penas complementarias por un exceso de esta magnitud, siempre que sea propiedad del responsable. En caso de reincidencia, la confiscación pasa a ser obligatoria, salvo decisión judicial especialmente motivada. 

El Audi RS 6 Avant GT cuesta 266.750 euros en España.

Una noche que terminó en comisaría 

Las consecuencias para el joven fueron mucho más allá de quedarse sin el RS 6. Después de ser interceptado, terminó en comisaría, quedó bajo custodia policial para prestar declaración y perdió inmediatamente la posibilidad de seguir utilizando su carnet. 

Su situación era especialmente delicada por encontrarse todavía en el periodo probatorio. Los conductores franceses comienzan esta etapa con seis puntos y este tipo de delito implica precisamente la retirada de seis puntos, agotando así el saldo disponible en su caso. 

En Francia ya es delito superar el límite en 50 km/h 

El episodio ocurrió después de un importante endurecimiento de la legislación francesa. Desde finales de diciembre de 2025, superar en 50 km/h o más la velocidad máxima autorizada constituye directamente un delito, incluso cuando el conductor no ha cometido anteriormente una infracción semejante. 

El Código de la Circulación francés establece para estas conductas hasta tres meses de prisión y una multa máxima de 3.750 euros. A ello pueden añadirse distintas penas complementarias que deberá determinar la justicia en función de cada caso. 

Entre ellas figura la posibilidad de suspender el permiso de conducir durante un máximo de tres años, prohibir temporalmente el manejo de determinados vehículos u obligar al infractor a realizar un curso de sensibilización a la seguridad vial por su cuenta. También puede acordarse la anulación del carnet e impedir obtener uno nuevo durante un periodo de hasta tres años. 

¿Qué habría pasado en España? 

Un comportamiento semejante también habría superado ampliamente la frontera del Código Penal en España. El artículo 379 establece que conducir a más de 60 km/h sobre el límite en una vía urbana o superar en 80 km/h el máximo de una interurbana constituye un delito contra la seguridad vial. 

Si se trasladaran exactamente las cifras del caso francés a una carretera española limitada a 90 km/h, circular a 225 km/h supondría rebasar el máximo en 135 km/h. No estaríamos, por tanto, ante una simple multa administrativa, sino ante una conducta que excedería con claridad el umbral penal previsto para las vías interurbanas. 

Las consecuencias van bastante más allá de perder puntos. El Código Penal contempla prisión de tres a seis meses, una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad durante 31 a 90 días. La elección entre estas penas corresponde al procedimiento judicial. 

A cualquiera de esas posibilidades se suma obligatoriamente la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un periodo superior a un año y de hasta cuatro años. Es decir, un exceso semejante en España terminaría ante un juez, no únicamente con una sanción de tráfico. 

Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram

Ruth García Perfil de Ruth García en Linkedin

Nació en Madrid y desde pequeña soñaba con conducir. Estudió Periodismo en la Universidad Rey Juan Carlos y amplió su formación en Barcelona con un máster en Periodismo Deportivo en la Universitat Pompeu Fabra. Especializada en motor y también en competición, combina la redacción con la radio y la cobertura de grandes premios de motociclismo. 

Salir de la versión móvil