Balizas, seguro, cadenas, ‘spray’ o chaleco reflectante: ¿qué accesorios y documentos debo llevar en el coche para que no me multen?

¿Es verdad que existe un ‘spray’ obligatorio que la DGT exige a los conductores? ¿Si no porto cadenas de nieve me pueden sancionar?

Control Policía Nacional
Control de la Policía Nacional. | Getty Images

Mucho se habla de esto, pero ¿existe alguna obligación legal de llevar un ‘spray’ anticongelante en el coche en España? Ese rumor se ha difundido mucho últimamente, pero es un bulo. La normativa actual no menciona ningún aerosol como parte del equipamiento obligatorio.

Para aclarar el panorama, la siguiente lista detalla un poco más sobre esta duda: el chaleco reflectante, kit de emergencia, neumático de repuesto… ¿es obligatorio portarlos en los automóviles?

Kit de emergencia en el coche

A diferencia de otros países de Europa, como Bélgica o Austria, en España no es obligatorio llevar en el coche un botiquín. Aunque siempre vendrá bien, al igual que otras recomendaciones de la DGT cuando se emprende un viaje, sobre todo en invierno y bajo riesgo de inclemencias. 

Chaleco reflectante: obligatorio

En el artículo 118, el reglamento de circulación indica con claridad qué pasa con el chaleco reflectante: debe ir en el vehículo y debe usarse: “Los conductores de turismos […] deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad […], que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de este y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas”. Pasar por alto esta norma supone una multa de 200 euros. 

Triángulo y luces de emergencia

Desde el 1 de julio de 2023, los triángulos de emergencia ya no son obligatorios en España para señalizar una avería o accidente en autopistas y autovías, y en el resto de carreteras pueden usarse tanto el accesorio tradicional como las balizas V-16. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2026 sólo serán legales las luces de emergencia V-16 conectadas con la DGT.

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Rueda de repuesto: ¿es obligatoria?

¿Es obligatorio llevar rueda de repuesto? No (y sí). El anexo XII del reglamento de vehículos (Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos) indica la obligatoriedad de llevar ”una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo”. De lo contrario, la multa es de 200 euros. 

Cadenas para la nieve 

La ley no obliga a llevarlas en el maletero, pero sí a detener el coche si una señal o un agente indican que su uso es obligatorio. La multa por circular sin cadenas cuando es obligatorio es de 200 euros. 

cadenas de nieve coche

¿Y los documentos?: permiso de conducción

Es un documento personal del conductor y siempre hay que llevarlo en vigor cuando se utilice cualquier vehículo a motor. Tiene que estar en periodo de validez y ser apto para la categoría correspondiente (A, B, C, D y E). En su defecto, también serán válidas las autorizaciones provisionales que expide la Dirección General de Tráfico (DGT) cuando se obtiene, extravía o renueva el permiso definitivo.

Permiso de circulación

También conocido como certificado de registro del vehículo o certificado de matriculación y es el documento de ámbito europeo que avala los datos del vehículo (fecha de matriculación, características, uso al que está destinado y la titularidad del propietario).

Y desde hace un tiempo, ya es posible llevar en el móvil ambos permisos (conducción y circulación) digitalizados, gracias a la aplicación gratuita miDGT que, además de otros servicios, permite su descarga.

Tarjeta de inspección técnica

Es exclusivo del vehículo (no aparece el nombre del propietario) y refleja sus características de homologación (fabricante, modelo, número de identificación, cilindrada, potencia y emisiones).

También conocida como ficha técnica, es obligatorio llevarla desde el momento que el vehículo pase su primera inspección (a partir de los cuatro años en los turismos), junto con la pegatina del periodo de validez correspondiente adherida al parabrisas del vehículo.

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Ejemplo ficha técnica del coche.

Seguro

Aunque el seguro de daños a terceros es obligatorio para cualquier vehículo, desde 2008 ya no es necesario llevar la póliza y el recibo del último pago en vigor, pues los agentes pueden consultar telemáticamente este dato. Pero no está de más disponer de ellos por si hay que realizar alguna gestión en caso de accidente.

En caso de extraviar por cualquier motivo los papeles del coche, es necesario acudir a una comisaría para comunicarlo y evitar así las consecuencias de algún uso fraudulento. A continuación, habrá que solicitar los duplicados del original en la jefatura provincial de Tráfico (permiso de circulación) y en la ITV (tarjeta de inspección).

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