Las enfermedades con las que está prohibido renovar el carnet de conducir

La Dirección General de Tráfico (DGT) advierte sobre el grupo de dolencias que son incompatibles con el manejo de vehículos.

Consulta médico
Según la legislación, muchas enfermedades son incompatibles con el manejo de vehículos. | Getty Images

Cualquier persona que quiera ponerse al volante de un coche (o al manillar de una moto) debe hacerlo con seguridad, tanto para sí mismo como para el resto de conductores. Por ello, el conductor debe contar con unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras suficientes para dicho desempeño.

Una persona debe estar en plenitud de capacidades físicas y psíquicas para conducir un vehículo por varias razones cruciales relacionadas con la seguridad vial, el bienestar personal y la responsabilidad social. Además, las consecuencias legales también son también importantísimas.

En caso de un accidente, un conductor que no se encontraba en plenitud de sus capacidades, se puede enfrentar a consecuencias legales severas, incluyendo multas, retirada del carnet de conducir, o incluso llegar a cumplir penas de prisión.

Penas de cárcel

Para controlar que los aspirantes a conseguir el carnet de conducir o a renovarlo cumplen estos requisitos, disponen de las pruebas físicas y psicotécnicas que se llevan a cabo en los Centros de Reconocimiento de Conductores homologados. Estos certificarán que el conductor está en plenas condiciones físicas y psíquicas para conducir un vehículo.

Pero existen dolencias que impiden percibir los estímulos de la conducción. Por ejemplo, algo tan sencillo como que el cerebro reciba la información de que un semáforo cambia a rojo o que un peatón va a cruzar, tiene que ser procesado y que las partes implicadas del cuerpo manejen de forma precisa los mandos del vehículo para evitar un accidente. La presencia de enfermedades puede alterar esta secuencia.

Enfermedades que impiden conducir

La DGT en su afán de minimizar los accidentes de circulación y llegar al objetivo marcado por el proyecto internacional ‘Visión Cero’ que quiere lograr un sistema de tránsito sin muertes o lesiones graves y alcanzar en el año 2050 la cifra de cero muertes en la carretera, ha dado a conocer, entre otras medidas, la lista con las afecciones que impiden conducir.

La DGT incide en que este listado, que se divide en nueve categorías, está apoyado en estudios científicos que demuestran que cuando los conductores sufren alguna de estas enfermedades, tienen mayor riesgo de sufrir un accidente

Las nueve categorías se dividen en: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas e impiden conducir o renovar el carnet.

Enfermedades vasculares

  • Disección: tras un plazo de seis meses desde la operación, se podrá renovar de 1 a 2 años.
  • Aneurisma de grandes vasos: en caso de que no exista peligro de rotura de vasos sanguíneos se podrá hacer una renovación de 1 a 10 años.

Enfermedades cardiacas

  • Arritmias.
  • Infarto agudo de miocardio: deben haber pasado como mínimo 6 meses desde que sucedió.
  • Portadores de prótesis valvulares: el mismo caso que con el infarto de miocardio.
  • Portadores de marcapasos: tres años de vigencia una vez que haya pasado un mes desde la colocación.
  • Portadores de desfibrilador automático: igual que el caso del marcapasos.

Enfermedades psiquiátricas

Si el trastorno es leve y el paciente cuenta con un informe médico que así lo avale, en el resto de los casos, se estará incapacitado para conducir si se padece:

  • Demencia y Trastorno de ansiedad.
  • Trastorno de la personalidad.
  • Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • TDH.
  • Dependencia del alcohol y/o drogas.

Enfermedades neurológicas

  • Crisis o pérdida de conciencia: si ha ocurrido durante el último año, es imposible que se renueve.
  • Epilepsia: vigencia de 1 a 10 años.
  • Accidente isquémico transitorio: hasta un año de ampliación con un informe favorable.

Enfermedades endocrinas

  • Hipotiroidismo y paratiroides: podrá renovarse entre 1 y 10 años.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente: renovación entre 1 y 5 años.

Enfermedades digestivas

  • Trasplante renal: deben haber pasado como mínimo seis meses desde la operación.
  • Nefropatía con diálisis: posibilidad de sacar o renovar el permiso de 1 a 10 años.

Enfermedades respiratorias

  • Apnea del sueño: con un informe positivo del médico, será posible su renovación durante un período de tres años.
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: la prohibición de renovar será permanente.

Enfermedades oncológicas

  • Trastornos oncohemáticos: no debe haber alteraciones graves. Entonces, se podrá renovar durante un año.
  • Dolencias oncológicas: el individuo debe estar sin ninguna dolencia ni tratamiento para poder renovar el permiso. En dicho caso logrará una renovación de entre 1 y 5 años.

Enfermedades crónicas y degenerativas

Todas las siguientes enfermedades son incompatibles con la conducción.

  • Alzheimer.
  • Esclerosis lateral amiotrófica.
  • Temblor esencial.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Distrofia muscular.
  • Osteoporosis.
  • Parkinson.
  • Artritis reumatoide.

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