Entre los artículos más leídos durante la semana por los seguidores de EL MOTOR destaca la nueva campaña de controles de velocidad de la Dirección General de Tráfico (DGT). Estará activa hasta la medianoche del domingo 13 de abril y la DGT ha anunciado que se trata de una semana de “vigilancia intensiva”.
El organismo estará pendiente en concreto de tramos de riesgo asociados a la velocidad y de puntos en los que los conductores superan habitualmente el límite establecido. Son zonas en las que “existe un elevado índice de siniestralidad”.
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Esta campaña sirve de complemento al plan de Tráfico de instalar 122 nuevos radares de velocidad a lo largo de 2025. En lo que va de año, han comenzado a funcionar 41 nuevos dispositivos, 28 fijos y 15 de tramo, situados tanto en carreteras convencionales como en autovías y autopistas.
Vigilancia intensiva
Los excesos preocupan a la DGT: en 2024 se registraron 218 siniestros mortales en los que la velocidad inadecuada estuvo presente. Se trata del tercer factor concurrente más común en los accidentes, especialmente en aquellos con fallecidos.
Durante los siete días que durará la campaña, la DGT se apoyará en sus medios automáticos de detección, en los helicópteros equipados con radares Pegasus y en la colaboración de las policías locales y autonómicas que quieran sumarse a la vigilancia. Los excesos de velocidad se sancionan con multas de 100 a 600 euros y con la retirada de hasta seis puntos del carnet.

¿La DGT multa por ir a 122 km/h?
Lo siguiente está estrictamente relacionado con lo anterior y también despertó curiosidad en los lectores. Y es que la DGT cuenta con cientos de radares fijos y de tramo en España, además de los cinemómetros móviles y los dispositivos Pegasus instalados en algunos de sus helicópteros.
Todos ellos se rigen por la misma norma, que regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida. Esta orden ministerial se publicó en 2020 y no ha variado desde entonces en lo que afecta a los márgenes de error para los aparatos de medición de la velocidad en las carreteras.
Margen de error de los radares
- Radares fijos: la tolerancia es de 5 km/h cuando el límite de la vía es igual o inferior a 100 km/h y, por lo tanto, saltarían cuando el vehículo supere los 105 km/h. Si el máximo es mayor de 100 km/h, el margen será del 5% y entrarán en acción cuando la velocidad sea de 115 km/h en una carretera de 110 km/h y a 126 km/h en una de 120 km/h.
- Radares móviles: tienen un margen de error algo más elevado. Igual que ocurre en el caso anterior, si el límite es igual o inferior a 100 km/h la tolerancia que hay que añadir es de 7 km/h. Si el máximo establecido supera esa velocidad, el extra será del 7%: 117,7 km/h en una vía de 100 km/h y 128,4 km/h en una de 120 km/h.
- Radares de tramo y drones: el margen de error es de 3 km/h por debajo de 100 km/h y del 3% por encima.
- Pegasus: la tolerancia es de 5 km/h y del 5%.
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