Polémica con el cannabis medicinal y la conducción 

Un juzgado francés ha confirmado la sentencia apelada de un conductor que dio positivo en un control, a pesar de que su consumo es legal en aquel país.

alcohol delito
Un control de alcohol y drogas de la Guardia Civil.

El CBD (cannabidiol) es una substancia derivada del cáñamo que en algunos países se admite como tratamiento paliativo para tratar ciertas enfermedades o aliviar síntomas dolorosos. Y, a diferencia del THC (tetrahidrocannabinol) que es otro cannabinoide de la misma procedencia, no está considerado como una substancia psicoactiva. 

Sin embargo, la corte suprema francesa corrige a un juez de la de la ciudad de Rouen, ratificando la sanción a un conductor tratado con CBD al que se le había detectado la presencia de THC en un control de carretera. La sentencia causa jurisprudencia en aquel país, ya que en adelante no se admitirá el consumo de cannabis medicinal al volante, ni siquiera al ser tolerado con fines médicos. 

En Francia, la venta de CBD es legal desde hace algunos años. Pero a condición de que su contenido de THC no exceda el 0,3% de su composición. Una proporción que no siempre se cumple y que es muy difícil de cuantificar en un test salival de drogas, como por ejemplo el realizado habitualmente por la DGT en España y que está diseñado para detectar cualquier rastro de diferentes substancias psicotrópicas como el propio THC, pero también anfetaminas, metanfetaminas, cocaína y los derivados opiáceos. 

Sentencia firme

En este caso, la corte de casación gala estima que un conductor es culpable de conducción bajo los efectos de la droga si la prueba pertinente revela trazas de THC, independientemente de que estén derivadas del uso de CBD con fines medicinales.  

Los jueces galos han zanjado de forma tajante las posibles dudas sobre el uso de CBD al volante y, a partir de ahora, en el país vecino su consumo se considerará incompatible con la conducción si en el test provoca un resultado positivo por THC, independientemente de la dosis.

La decisión en firme del tribunal supremo llega después de numerosos recursos favorables en los cuales conductores sancionados por cannabis evitaban la sanción al alegar que habían tomado CBD con fines medicinales.  

La situación sería extrapolable a España, ya que la Ley de Tráfico establece una tolerancia cero en cuanto a la conducción bajo los efectos de las drogas y hay que tener en cuenta que un consumo de CBD podrá ocasionar un positivo en THC en los controles con las consecuencias legales derivadas. Además, el consumo de CBD todavía no se ha legalizado en España y su comercialización se limita a productos de uso tópico en forma de cremas o aceites. 

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