Las primeras restricciones de circulación llegaron a Madrid en 2022. El plan inicial era que, en 2025, los modelos más contaminantes no pudieran entrar a la ciudad. Sin embargo, las cosas han cambiado y se ha levantado el veto: ¿cuánto tiempo podrán circular sin recibir una multa?
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El Ayuntamiento de Madrid, a través de Borja Carabante, delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, desvelaba su cambio de planes: los vehículos sin pegatina podrán entrar y circular por la capital sin problema alguno.
Eso sí, esta decisión no es permanente: es un paréntesis que durará 12 meses. O lo que es lo mismo: a lo largo de 2025, los coches sin pegatina de la DGT tendrán permiso para entrar a Madrid y circular por sus calles sin miedo a recibir una multa de 200 euros.
El consistorio local les enviará, simplemente, un aviso. La lógica invita a pensar que en 2026 sí serán sancionados, pero el Ayuntamiento de Madrid no se ha pronunciado acerca de ese futuro lejano.
Tres condiciones
Los coches sin pegatina de la DGT, aquellos que entran dentro de la clasificación ambiental A por ser los más contaminantes, son los de gasolina matriculados antes del 2000 y los diésel matriculados antes de 2006. Eso sí, tendrán que cumplir unos requisitos para beneficiarse de esta moratoria.
En primer lugar, deben formar parte del padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y del Registro de Vehículos, ambos de Madrid.
En segundo lugar, el consistorio local proporcionará autorizaciones para los autónomos (que en 2025 cumplan 59 años) o sociedades unipersonales cuya flota de vehículos sin pegatina y más de 3,5 toneladas represente, como mínimo, el 50% de su flota.
En tercer lugar, los titulares de vehículos que tienen la clasificación ambiental A y que deban ir a centros sanitarios para someterse a un tratamiento médico tampoco tendrán limitaciones. Dentro de este supuesto también entrarán sus familiares.
Más excepciones
A estos casos, se unen las excepciones que ya estaban contempladas anteriormente. Y es que hay otros coches que tampoco tienen distintivo ambiental y podrán seguir circulando por la capital:
- Vehículos catalogados como históricos según el nuevo reglamento.
- Vehículos para Personas con Movilidad Reducida (PMR).
- Vehículos de emergencias.
- Vehículos de las Fuerzas Armadas.
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