Para la Dirección General de Tráfico (DGT), 2026 será el año de las balizas V-16 y la desaparición de los triángulos de emergencia, después de semanas de críticas y polémicas, pero durante los próximos 12 meses se espera la aprobación de otras reformas de calado.
La medida estrella es la rebaja de la tasa de alcoholemia, pero se mantiene en el aire por las dificultades del Gobierno para sacar adelante reformas legislativas. Lo que sigue es un repaso a las cinco modificaciones reglamentarias más llamativas.
Una tasa de alcoholemia equivalente a cero
Una de las novedades más esperadas es la actualización de la tasa máxima de alcoholemia por medio de una reforma de la ley de tráfico. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha urgido al Congreso a aprobar la propuesta en varias ocasiones: “Creo que todo el mundo está de acuerdo en su necesidad y no sirven excusas para mantenerlo bloqueado”, enfatizó en septiembre pasado.
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Esa iniciativa, registrada por el PSOE en noviembre de 2024, se tomó en consideración en marzo y en mayo concluyó el plazo de enmiendas. De aprobarse, la tasa de alcoholemia pasará de 0,50 gramos por litro en sangre (0,25 miligramos por litro de aire espirado) a 0,20 (0,10 en el alcoholímetro). En la práctica, supondrá prácticamente una tasa cero, y ese es el mensaje de la DGT: al volante, nada de alcohol. Si no se deja en 0,0 es por mantener un margen de error por garantía jurídica y por la posibilidad de que la digestión y fermentación de algunos alimentos genere un falso positivo.
Todos los conductores tendrán el mismo límite, sin distinción para los profesionales y noveles, cuya tasa máxima actual es de 0,30 gramos de alcohol en sangre o 0,15 miligramos en el etilómetro.
La reforma está bloqueada porque, según diversas fuentes, los partidos nacionalistas catalanes exigen el traspaso de las competencias de los exámenes de Tráfico.
Prohibidos los grupos de WhatsApp
La DGT también tiene lista la normativa que endurecerá el castigo para quien avise a través de las redes sociales o mediante listas de difusión de aplicaciones de mensajería móvil de la existencia de controles de alcohol y drogas en las carreteras.
“El texto está, lo tenemos y vamos a prohibir la información de los controles de alcoholemia”, apuntó hace meses el director general de Tráfico, Pere Navarro. Pero “Los tiempos de la administración y de las normas no tienen nada que ver con los de los medios de comunicación. Una orden ministerial son seis meses, un real decreto, un año y una ley… Pues depende del interés”, bromeó Navarro.
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Guantes obligatorios en moto
Los patinetes eléctricos tendrán que circular siempre con el alumbrado encendido, los repartidores que vayan en bici, moto o patinete deberán llevar el chaleco reflectante también en carretera y los taxistas, los repartidores de mercancías y los profesores de autoescuela estarán obligados a usar el cinturón de seguridad cuando circulen por la ciudad.
Son algunas de las novedades que prepara la Dirección General de Tráfico (DGT) con una reforma del Reglamento General de Circulación que afectará sobre todo a los usuarios vulnerables de las vías, esto es, peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal y motoristas.
Tráfico lleva trabajando más de cuatro años en esta modificación con el fin de mejorar la seguridad de esos colectivos. El texto está a la espera de la aprobación definitiva del Gobierno a través del Consejo de Ministros.
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Respecto a las motos, la DGT descarta obligar a que sus conductores y pasajeros lleven cascos de protección integrales o modulares cuando circulen por carretera y opta por que estos estén “adecuadamente abrochados”, pero mantiene la obligación de que cuenten con guantes de protección y “calzado cerrado”.
Reglamento de circulación: motos por el arcén
Queda pendiente también (desde 2024) una reforma del reglamento de circulación que aclara el modo de actuar durante los atascos en las vías rápidas. Según lo previsto, la modificación del artículo 31 del reglamento de circulación obligará a los conductores a formar un carril de emergencia en situaciones de tráfico denso o retenciones en autopistas y autovías.
El objetivo es facilitar el paso de ambulancias, bomberos y otros vehículos prioritarios. Según el borrador de la reforma, en vías con dos carriles por sentido, los conductores deberán desplazarse hacia los extremos de la calzada para dejar libre el centro. En el caso de autovías o autopistas con tres o más carriles, el carril de emergencia deberá habilitarse entre el carril izquierdo y el contiguo.
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La norma especifica que los vehículos situados en el carril más a la izquierda deberán moverse lo más posible hacia la izquierda, mientras que los del resto de carriles deberán hacerlo hacia la derecha. Esta modificación responde a la necesidad de establecer un protocolo claro y legalmente exigible para situaciones de emergencia.
Además, en el mismo artículo 31 se añadirá una nueva disposición para condiciones meteorológicas adversas. En caso de nieve o hielo en la calzada, se prohibirá adelantar y todos los vehículos deberán circular por el carril derecho.
Al mismo tiempo, está prevista una reforma del artículo 36 que permitirá a las motocicletas circular por el arcén en caso de atasco, siempre que no superen los 30 km/h.
Registro de patinetes eléctricos
El 2 de enero debería activarse el registro de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), pero los trámites legislativos han impedido aprobar a tiempo el real decreto que da cobertura jurídica a este sistema de inscripción.
Cuando esté en funcionamiento, los propietarios de VMP deberán registrar sus vehículos en la sede digital de la DGT y, además, suscribir una póliza obligatoria de responsabilidad civil.
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Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).
