Los vehículos con la etiqueta ‘A’ están siendo los primeros cuya circulación está siendo limitada en diferentes ciudades de España: restricciones que irán a más en los próximos años. Un ejemplo de lo que les espera es Madrid, donde, desde el 1 de enero de 2024, ya no pueden entrar… aunque tienen una tregua de seis meses con, eso sí, letra pequeña.
Desde el 1 de enero de 2024, no podrán circular por las calles de Madrid aquellos vehículos a los que no les corresponde el distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). En este grupo se encuentran los coches de gasolina matriculados antes de 2001, los diésel previos a 2006 y las motos anteriores a 2003.
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Eso sí, esta restricción no afecta a todos los vehículos. Aquellos que, desde antes de 2022 (incluyendo este año), estén matriculados en Madrid y paguen el impuesto de circulación en la capital podrán moverse sin limitación alguna.
Hay excepciones, también, para los vehículos destinados a personas de movilidad reducida, los que estén clasificados como A y no sean turismos o motos (camiones, furgonetas…) y los que estén reconocidos como históricos.
Una falsa tregua
Como ha ocurrido con otras medidas parecidas, los vehículos de la categoría A gozarán de un período de adaptación a estas restricciones. Según figura en el artículo 242 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS), hasta el próximo 30 de junio, es decir, durante seis meses, no serán multados: recibirán una carta de aviso para informales de la infracción y de que, en el futuro, sí serán sancionados.
Esta tregua, no obstante, tiene una cara B. Esta misiva sólo la recibirán los vehículos A que hayan sido interceptados por las cámaras instaladas en Madrid. Si es un agente de movilidad el que capta a uno de estos coches sin pegatina de la DGT, la sanción será real: independientemente de si se comete durante esos seis meses de adaptación.
Aquellos conductores que no respeten las restricciones que afectan a los vehículos catalogados con la etiqueta A, estarán cometiendo una infracción grave. La multa, en este caso, ascenderá a 200 euros sin pérdida de puntos en el carné de conducir.
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