Otro revés judicial para el Ayuntamiento de Madrid: tiene que devolver 3.000 euros a una conductora por multas ilegales

Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo anula las sanciones porque el Consistorio no tiene competencias para multar en la A-42.

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Tráfico en la A-42 a la altura de plaza Elíptica, en Madrid. | Kike Para

Una sentencia judicial ha vuelto a quitar la razón al Ayuntamiento de Madrid, que sanciona a los conductores donde no puede hacerlo. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de la capital ha anulado 15 multas de 200 euros impuestas a un conductora por acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Plaza Elíptica sin autorización con un argumento preciso: el Consistorio no tiene competencia para sancionar infracciones en la “carretera A42, punto km. 3,9 sentido decreciente, cuya titularidad corresponde al Estado”. El Ayuntamiento debe devolver los 3.000 euros cobrados de forma irregular.

Esta zona de bajas emisiones, a la que no pueden acceder los vehículos sin distintivo ambiental (salvo excepciones), engloba calles de los distritos de Carabanchel y Usera y por el medio la cruza el tramo final de la Autovía de Toledo, que da acceso al centro de Madrid. Esta vía pertenece a la Red de Carreteras del Estado.

Automovilistas Europeos Asociados (AEA), entidad que interpuso la demanda contra el Ayuntamiento por las sanciones, señala que la sentencia “ha vuelto a poner en entredicho la legalidad de las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en las ZBE”.

La resolución judicial recalca que la vía donde se registró la infracción está “clasificada como Autovía a partir del P.K. 3+710 […] sin que haya existido cesión alguna al Ayuntamiento de Madrid”. Tampoco se acredita –indica la sentencia– que ese punto “esté calificado en el planeamiento como tramo urbano”.

Zonas de bajas emisiones ilegales

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en septiembre de 2024 las ZBE de la capital por errores concretos en la formulación de la normativa. El Consistorio recurrió la sentencia ante el Supremo, que aún no se ha pronunciado sobre el asunto.

Con independencia de lo que diga el Supremo, estas 15 multas han quedado anuladas, pues, según consta en la sentencia, se han impuesto “en aplicación de una disposición de carácter general que no se ajusta a Derecho”.

En opinión del presidente de AEA, Mario Arnaldo, este veredicto, como otros anteriores, pone freno “a la utilización abusiva de los recursos ante el Tribunal Supremo por parte de la Administración, como estrategia dilatoria para seguir recaudando multas de dudosa legalidad, que luego no quiere devolver, y que están creando un grave problema económico a miles de familias”.

Desde septiembre de 2021 hasta febrero de 2024, según datos obtenidos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, el Consistorio madrileño ha impuesto 2.284.320 multas, por un valor económico de más de 435 millones de euros. 

Automovilistas Europeos Asociados aconseja recurrir las sanciones y agotar todas las vías de defensa “en previsión de que el Ayuntamiento de Madrid luego no quiera devolver los importes pagados”.

A juicio de Arnaldo, no obstante, “si el Supremo inadmite el recurso [ante el Supremo], el Ayuntamiento de Madrid no sólo tiene que anular todas las multas pendientes sino que tiene que devolver a los automovilistas hasta el último céntimo de lo que ha estado cobrando injustamente durante todos estos años”.

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