Los patinetes eléctricos ya solo pueden salir de los comercios si llevan el sello de la Dirección General de Tráfico (DGT). Desde este lunes, los vehículos de movilidad personal (VMP) de nueva comercialización deben contar con un certificado que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos por la normativa española e internacional.
Si no responden a las características exigidas por Tráfico, los VMP no podrán venderse legalmente. Y aquellos que ya están en circulación, deberán desaparecer de las calles antes el 21 de enero de 2027, ya que sólo serán legales los vehículos de movilidad personal certificados.
Se calcula que en España circulan alrededor de un millón de patinetes eléctricos, que son los VMP más populares.
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Mediante el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, publicado por la DGT hace dos años, el organismo se propone garantizar que el parque de VMP cumpla unos niveles mínimos de calidad y se eviten, por ejemplo, explosiones de las baterías o incendios por sobrecarga.
Patinetes eléctricos prohibidos en el tren
Siniestros de este tipo han llevado a muchas empresas públicas de transporte (como Renfe y los metros de Madrid y Barcelona) a prohibir a los usuarios el acceso con patinetes eléctricos. También se pretende sacar del asfalto modelos trucados que superen la potencia y la velocidad máximas permitidas, dado el aumento de siniestros registrados por los VMP en los últimos años.
Tráfico recoge en su página web los modelos ya homologados. Todos son vehículos de una única plaza, con dos o más ruedas, con un rango de velocidad de entre 6 y 25 km/h; para que lleven sillín, deben contar con un sistema de autoequilibrado. Además, el manual especifica que sus baterías serán de hasta 100 VCC y el cargador integrado, de hasta 240 VCA de entrada.
Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, los juguetes, las bicicletas de pedaleo asistido y los vehículos tipificados como L según el reglamento 168/2013 de la Unión Europea, es decir, ciclomotores, motos, triciclos y cuatriciclos.
Y como la normativa de la DGT los considera vehículos a todos los efectos, sus conductores ha de cumplir el código de circulación igual que el resto. Entre otras obligaciones y prohibiciones, deben respetar las señales de tráfico, no pueden conducir si superan los límites de alcoholemia (0,0 mg/l en el caso de los menores de edad) ni usar el teléfono o llevar auriculares en marcha.
Por otra parte, la circulación está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. En las ciudades, está prohibido también avanzar por las aceras.
Velocidad máxima y otras características
Cuando se alcance una velocidad máxima de 25 km/h, el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, este ha de disponer de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. El resto de características principales son estas:
- Deberán disponer de indicadores de velocidad y de nivel de carga.
- Todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s.
- Los VMP de más de dos ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.
- Deberán equipar catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
- Los VMP tendrán que incluir obligatoriamente un avisador acústico, así como una pata de cabra lateral o un caballete central para garantizar la estabilidad cuando estén estacionados.
- Las ruedas tendrán un diámetro mínimo de 203,2 milímetros. Deberán ser de superficie rugosa para que permitan la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumático liso.
- Plegado seguro. Los VMP deberán disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplado mientras se lleva recogido y evitar aperturas involuntarias.
VMP con ‘matrícula’ obligatoria
Los fabricantes de VMP, por otra parte, están obligados a disponer de un certificado de circulación e identificación para sus vehículos.
Así, todos los VMP deben tener desde este lunes un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
También tendrán que contar en la parte trasera con un espacio para llevar esa identificación o etiqueta de registro. Aunque no se trata de una matrícula como tal, sirve para identificar cada VMP como vehículo único.
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Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).