Un juez anula una multa a un conductor que circulaba a 133 km/h

El automovilista fue detectado por un radar de la A-66, en Asturias, cuando conducía por encima del límite legal.

DGT
En diversas ocasiones, las multas de los radares se pueden recurrir.

Por una foto repetida, un conductor que circulaba a 133 km/h en una autovía asturiana se librará de pagar una multa de 100 euros impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT) en abril de 2021. 

Aunque el tramo donde se ubica el dispositivo, en el kilómetro 13,4 de la A-66, está limitado a 120 km/h (y el conductor incumplió el reglamento de circulación), un defecto de forma ha servido para anular la sanción por exceso de velocidad. 

La notificación de la multa que recibió el automovilista contenía dos imágenes, pero, según entiende el juzgado de Oviedo encargado del caso, una de ellas no era válida. La clave del error reside en que ese radar (modelo Multanova 6F-MR) no cuenta con la función de seguimiento e identificación del vehículo. 

Y, cuando esto sucede, la orden que regula el control metrológico del Estado exige “al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación”.

Dos fotos en la notificación de la multa

Así ocurría en apariencia en la carta enviada por Tráfico con la sanción. En su recurso, sin embargo, el infractor alega que las dos fotos eran la misma; la segunda, con un recorte distinto. 

El magistrado le da la razón en la sentencia y se refiere de este modo a las imágenes, según recoge el medio especializado Economist & Jurist: “Una de ellas (la más pequeña, que es la incluida en la notificación de la resolución que acuerda imponer la referida sanción) no es sino un recorte o detalle de otra”. 

Dado que “ambas imágenes resultan idénticas”, el juez considera que no se ha cumplido con la normativa y deja sin efecto la sanción. La DGT, en cambio, en respuesta a El Comercio, sostiene que la notificación de la multa era correcta. 

“El modelo al que se refiere este caso es el Multanova 6F-MR que fue homologado de acuerdo a la OM 11/02/1994, con lo que es suficiente que se remita un único fotograma”, dicen desde el organismo. Según marca la ley de tráfico, circular a 133 km/h por hora en un tramo regulado a 120 km/h (velocidad máxima en autopista o autovía) se castiga con una multa de 100 euros, sin pérdida de puntos.

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