Aparcar en espiga: ¿pueden multar a un conductor por no saber hacerlo? 

Al estacionar en la calle lo común es hacerlo en línea o en batería, pero hay otra fórmula que muchos automovilistas desconocen.

aparcar espiga
Varios coches en un aparcamiento al aire libre.

En línea y en batería. Esta será la respuesta de la mayoría de los conductores si alguien les preguntase por las fórmulas que existen para aparcar en la calle. Un dúo que, en realidad, podría ser un trío, puesto que existe otra manera: en espiga o en reverso.

Aparcar en espiga o en reverso, las dos denominaciones que utiliza la Dirección General de Tráfico (DGT) para referirse a esta maniobra, consiste en estacionar en batería al revés. Es decir: marcha atrás para que la parte trasera esté junto a la acera y la delantera pegada a la calzada.

Explica la DGT que aparcar en batería de frente implica salir del hueco marcha atrás y esto genera situaciones de riesgo. Haciéndolo en espiga, el vehículo abandona la plaza en el sentido de la marcha con mayor naturalidad, seguridad y fluidez. Y lo cierto es que es algo que se puede ver en ciudades como Madrid, Granada, Bilbao, Alicante o La Laguna y en localidades como Reus (Tarragona), San Javier (Murcia) y Villajoyosa (Alicante).

Tanto es así que la propia DGT recomienda apostar por los aparcamientos en espiga, siempre con una inclinación de 60 grados, en aquellas calles con posibles conflictos (midiendo estos teniendo en cuenta la accidentalidad y las demoras) entre los vehículos que circulan por la calzada y los que pretenden abandonar las plazas.

Es aconsejable, al mismo tiempo, implantarlos en vías de sentido único y, especialmente, en aquellas con tráfico ciclista elevado. Por último, es importante informar a los conductores sobre cómo se debe aparcar y cuál es la finalidad para evitar un uso incorrecto.

¿Cómo se aparca en espiga?

Se procede de la misma manera que a la hora de aparcar en batería. Hay que tener, eso sí, cuidado a la hora de tomar como referencias los coches ya aparcados o la señalización horizontal del área de aparcamiento en cuestión.

  1. Al llegar a una plaza libre, lo primero será indicar mediante el intermitente del lado donde se vaya a realizar la maniobra.
  2. Al detenerse hay que procurar situarse a unos dos metros de los vehículos ya aparcados. Esta distancia facilitará la maniobra de marcha atrás; cuanto más lejos se inicie, más sencilla será.
  3. Retroceder en línea recta hasta que la parte posterior del vehículo llegue a la altura del faro del coche ya estacionado.
  4. Girar por completo la dirección y continuar marcha atrás con cuidado para entrar en el aparcamiento.
  5. Hay que vigilar, en todo momento, la trayectoria por los retrovisores o con la cámara trasera. Lo ideal es dejar la misma distancia entre los vehículos aparcados a cada lado: cuando se consigue, hay que enderezar la dirección para entrar centrado. Llegado este punto, sólo queda accionar el freno de mano y poner el punto muerto.

Ventajas y desventajas de aparcar en espiga

La DGT señala una serie de ventajas de esta maniobra como, por ejemplo, que elimina los ángulos muertos, se facilita la carga y descarga de bultos, se ahorra un 10% de espacio por plaza, permite salir en el sentido de la marcha, se reduce la velocidad de circulación y también el riesgo de atropello a usuarios de dos ruedas.

En el lado opuesto, estás los inconvenientes: se tarda más en aparcar y se dirige el humo de los vehículos hacia la acera, lo que puede suponer un problema cuando son estrechas.

¿Pueden multar por no saber aparcar en espiga?

Lo cierto es que no. Además, hay que tener en cuenta que, como se acaba de explicar, para aparcar en espiga se deben seguir los mismos pasos que para hacerlo en batería. A lo que sí puede obligar un ayuntamiento es a estacionar de esta manera.

Tal y como estable el Reglamento General de Circulación (RGC) en su artículo 93, “el régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico”.

Por lo tanto, será cada consistorio local quien decida si en determinadas calles es imperativo aparcar en espiga o en reverso. Serán ellos, también, los encargados de establecer las posibles sanciones que se recogerán en la pertinente ordenanza municipal.

La ley de tráfico se ocupa de castigar el estacionamiento incorrecto sólo en algunos casos, como ocupar las plazas para uso exclusivo de personas con discapacidad o en aquellos lugares que obstaculicen gravemente la circulación o constituyan un riesgo para otros usuarios. En esas circunstancias, la multa es de 200 euros.

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