Comprar coche: cómo descargar los modelos de contrato de la DGT y la OCU

Para facilitar todos los trámites que supone la adquisición o la venta de un coche, algunos organismos ofrecen este documento sin coste alguno.

El trámite de vender un vehículo cuando ambas partes tienen claros los pasos a seguir es sencillo. La firma del contrato es un elemento crucial en este proceso, y varios organismos ofrecen este documento de forma gratuita. ¿Dónde se puede encontrar este contrato y qué aspectos se deben tener en cuenta?

Cualquier conductor puede encontrar en internet el modelo de contrato para la compraventa de un coche, pero es aconsejable recurrir al que ofrecen organismos oficiales como la Dirección General de Tráfico (DGT) o asociaciones como la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Este documento es válido como contrato oficial. Sólo hay que descargarlo en los siguientes enlaces y rellenarlo:

La OCU aconseja contar con tres copias del contrato: cada una de ellas tiene que estar firmada por las dos partes. Cabe recordar que la rúbrica debe aparecer en todas las páginas del documento, junto a la fecha y la hora de la operación. A esto hay que añadir una copia del DNI, NIE o NIF del vendedor y el comprador.

En el contrato para la compraventa de un coche tienen que figurar, como mínimo, los siguientes datos. Todos ellos están incluidos en el modelo proporcionado por la DGT y la OCU.

  • Comprador: nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
  • Vendedor: nombre y apellidos o razón social y su DNI/NIE/CIF.
  • Vehículo: marca, modelo y matrícula.
  • Precio de compra.
  • Fecha y hora en la que se firma el contrato.
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Notificación de venta

Por otro lado, no está de más aprovechar el momento de la firma del contrato para hacer lo propio con el cambio de titularidad del vehículo: algo que hay que presentar en la DGT. De esta manera, se podrá llevar a cabo la transferencia de forma inmediata: para este trámite, hay un plazo de 30 días.

Si por alguna razón el comprador no va a realizar la transferencia de manera inmediata, el vendedor puede presentar una notificación de venta del coche ante la DGT. Así, la responsabilidad sobre el vehículo deja de ser suya y no tendrá que encargarse del seguro, la ITV o las multas.

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Y antes de todo…

Antes de poner a la venta un vehículo, el vendedor tiene que revisar que todo esté en orden. Lo primero que hay que hacer es dar de alta el coche si está en situación de baja temporal y, después, comprobar si existe alguna carga.

Hay que certificar, también, que el impuesto de circulación del año anterior esté abonado: si no, no se podrá transferir. Lo mismo ocurre con las posibles sanciones impuestas por las infracciones cometidas.

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El coche tiene que estar libre de cualquier limitación de disposición inscrita en el Registro de Bienes Muebles como, por ejemplo, la reserva de dominio. En este sentido, no habría problema si hay un consentimiento expreso de la financiera o una subrogación por parte del comprador.

Y, por último, no pueden existir embargos y precintos: si los hay, el vendedor tiene la obligación de informar al comprador, ya que este tendría que firmar un documento en el que indique que es conocedor de dicha situación para poder cerrar la operación.

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