La DGT en Almería en 2025: todos los radares fijos, móviles y de tramo

Tráfico controla la velocidad en esta provincia de Andalucía con radares fijos, móviles y de tramo.

La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene instalados para 2025 decenas de radares en toda la red de carreteras de Almería, tanto autovías como autopistas y carreteras secundarias. Existen dispositivos fijos, radares de tramo y radares móviles, con especial presencia en la carretera N-340a, donde la DGT informa de la ubicación de un radar fijo. Además, en cinco tramos de esa carretera coloca habitualmente dispositivos móviles. Esta información está actualizada por Tráfico a 19 de abril de 2024.

Avisadores y detectores de radares

Para evitar las sanciones, la primera norma es respetar los límites de velocidad, pero puede ocurrir que haya un radar en una zona con un límite menor al genérico y el conductor se despiste. Por eso, es buena idea conocer la ubicación de los radares de la DGT. En el siguiente listado aparecen todos los de Almería.

Los automovilistas también pueden usar un avisador: un dispositivo de este tipo se nutre de la información pública de la Dirección General de Tráfico, al igual que hacen navegadores como Google Maps o Waze.

La normativa, sin embargo, prohíbe utilizar detectores y la infracción se castiga con una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carné. La ley de tráfico castiga el mero hecho de “llevar en el vehículo” el detector, aunque no se utilice. Peor aún es “instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares”, que se considera infracción muy grave y se penaliza con la retirada de seis puntos en el carné y 6.000 euros de multa.

Radares de la DGT y controles de velocidad

Los controles específicos de velocidad son habituales, pero el sistema más común para controlar los excesos son los radares fijos, con los que la DGT recauda cada año millones de euros en multas.

Las de velocidad se consideran infracciones graves según la ley de tráfico, por lo que deberían estar castigadas con una multa de 200 euros. Sin embargo, la normativa prevé castigos concretos para este apartado. Así, las multas van desde los 100 hasta los 600 euros, con pérdida de dos, cuatro o seis puntos del carnet de conducir, según el caso. 

Por otra parte, superar en 60 km/h el límite en vías urbanas o en 80 km/h en interurbanas se considera delito contra la seguridad vial. En este caso, ya no rige la ley de tráfico, sino el Código Penal, que castiga a los conductores con penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y también con la retirada del permiso de conducir.

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