El diccionario de la Real Academia de la Lengua dice que peatón es la “persona que va a pie por una vía pública”, pero, cuando hablamos de tráfico, esa definición no le otorga inmunidad. Ni mucho menos: andando por la calle puede caer una multa de circulación. La ley también vigila a los peatones.
El Reglamento General de Circulación y el Código de Tráfico y Seguridad Vial contemplan la posibilidad de que, ante determinados incumplimientos en la vía pública, los peatones puedan ser multados por la Guardia Civil o por los agentes municipales. Lo cual tiene su lógica.
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Multas para peatones
Cualquier peatón, como usuario que es de una vía pública, debe cumplir con determinadas obligaciones y no infringir las normas. Además, el colectivo de los peatones es, junto al de los ciclistas, uno de los más expuestos a los atropellos y a la mortalidad, sobre todo por accidentes en las vías urbanas. Las sanciones pueden ir desde los 80 euros hasta los 1.000, así que es mejor evitar las siguientes conductas.
- Cruzar un semáforo en rojo. Está prohibido, sí. Es verdad que lo hace todo el mundo, sobre todo si no hay coches próximos, pero no hay excusas y la ley es clara al respecto. Y la sanción no es escasa: 200 euros.
- Caminar por la derecha fuera de poblado. También pueden multar si no se camina por el carril izquierdo en carretera o en una vía fuera de población. Siempre hay que hacerlo por la izquierda si no se está en una vía urbana. Hacerlo por la derecha es una temeridad y supone un peligro tanto para la integridad del peatón como para de los conductores. 80 euros de sanción.
- Circular por autovía o autopista. Queda prohibida la circulación de peatones por autopistas y autovías. Aunque suene a una obviedad, algunos osados se atreven a caminar por estas carreteras por atajar o por mero desconocimiento. ¿La sanción? Otros 80 euros. Tampoco se puede caminar por el carril bici o por los que están reservados para los autobuses (el BUS-VAO).
- No usar el chaleco reflectante. No se trata de ponerse el chaleco cuando se sale del coche por avería o accidente, sino de salir a pasear con él fuera de poblado. Es obligatorio usarlo entre la puesta y la salida del sol, y no hacerlo es otro motivo por el que pueden multar con 80 euros. Con toda la lógica del mundo, además, porque son momentos de menor visibilidad y el peatón debe dejarse ver.
- Olvidarse de los pasos de peatones. Hay que cruzar la calle siempre por los pasos de peatones. Si lo haces por una zona indebida o con baja visibilidad, además de jugarte la vida, te puede caer una sanción económica de 80 euros. Por cierto, ¿sabes que si cruzas a paso de tortuga sin una razón de fuerza mayor te pueden multar con otros 80 euros?
- Arrojar objetos a la carretera. Arrojar cristales, colillas, bolsas, papeles…, además de ser un acto que denota bastante mala educación, puede ocasionar accidentes. No solo es censurable desde un punto cívico, sino que acarrea multa.
- Negarse a un control de alcoholemia. Si el peatón comete una infracción, y las autoridades lo consideran oportuno, pueden someter al viandante a un control obligatorio de drogas y alcohol. Repetimos: obligatorio. Para algunos colectivos, esta medida criminaliza a los peatones, que pueden ser sancionados si dan positivo y si se niegan al control.
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