La DGT habla de dispositivos que vigilan la distancia de seguridad, pero la normativa no especifica los metros: ¿cómo calcularla?

Hay que mantener el espacio suficiente para que el conductor pueda reaccionar y frenar sin alcanzar al vehículo que circula delante.

cámara matrículas delincuente
Una cámara vigilando el tráfico de una carretera. | Getty

La cuenta de X, antes Twitter, de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado un mensaje presentando una de las nuevas señales del catálogo: la S-991f. Una con la que revelan la existencia de dispositivos que vigilarán si los conductores respetan y mantienen la distancia de seguridad.

Este es el mensaje en cuestión: “La nueva señal S-991f indica la existencia de un dispositivo de control de separación mínima entre vehículos en un punto o tramo de una autopista o autovía (…)”.

El artículo 54.1 del Reglamento General de Circulación (RGC) establece que todos los conductores tienen la obligación de dejar “un espacio libre lo suficientemente grande” como para detenerse en caso de una frenada brusca y no colisionar con el vehículo que le precede.

La pregunta es inevitable: según la DGT, ¿cuántos metros de distancia de seguridad hay que dejar? La normativa no establece una distancia de seguridad concreta, pero sí desvela cómo calcularla. Para ello, el conductor tiene que tomar como referencia un punto fijo en la vía y, cuando el vehículo que circula delante pase por él, debe contar dos segundos pronunciando “1101, 1102”.

https://twitter.com/DGTes/status/1484110967717961729

Medida concreta para los túneles

Eso sí, si el asfalto está mojado, las condiciones meteorológicas o el escenario entraña cierto riesgo, la cuenta debe incrementarse hasta los tres o cuatro segundos. En el caso de los túneles, no obstante, existe una medida exacta.

Así lo establece el artículo 95: “Cuando no se pretenda adelantar, deberá mantenerse en todo momento una distancia de seguridad con el vehículo precedente de, al menos, 100 metros o un intervalo mínimo de cuatro segundos”.

Conducir en España

Dispositivos de control y multas

Hablan de dispositivos de control, pero, por ahora, no se ha anunciado oficialmente su existencia para controlar la separación entre vehículos. ¿Cómo vigilan esta infracción? Con la flota de helicópteros y directamente por medio de agentes que patrullan en las carreteras.

Si existe una norma, hay, también, un castigo para aquellos que la ignoran. En el artículo 76ñ de la Ley de Tráfico se tipifica que no mantener la distancia de seguridad es una infracción grave. Por lo tanto, le corresponde una multa de 200 euros más la retirada de hasta cuatro puntos en el carnet de conducir.

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