La multa por no apagar el motor es un bulo: la DGT lo desmiente

Tráfico niega que la nueva norma, pendiente de aprobación, vaya a incluir una sanción de 100 euros por quedarse al ralentí con el vehículo detenido.

Ley de trafico
Coches estacionados en doble fila. | Getty Images

La nueva ley de tráfico traerá cambios y comentarios y sanciones más graves, pero no una multa que impida, explícitamente, dejar el coche en marcha en la ciudad. Se ha publicado en las últimas semanas que será de 100 euros y que castigará quedarse al ralentí con el coche estacionado o en doble fila, pero la DGT desmiente que esa multa exista o vaya a existir de forma genérica. 

La posible sanción no aparece en el articulado del borrador que reformará la ley, que, por otra parte, todavía está en trámite parlamentario: no se aprobará como mínimo hasta octubre. El texto, entre otras novedades, sí castigará con más dureza el uso del móvil al volante, que supondrá la retirada de seis puntos en el carnet (frente a los tres actuales).

El revuelo proviene de la nueva redacción del artículo 10.1: “El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente”. Y todo por las últimas 13 letras: medioambiente. 

Por la inercia de asociar ese artículo de la ley con una sanción, se ha hablado, por ejemplo, de “la nueva multa de 100 euros de la DGT” por mantener el motor en marcha con el coche detenido, ya que eso perjudica al medioambiente. Y lo anterior se ha hilado, para reforzar el supuesto, con la ordenanza de movilidad de Madrid, que sí sanciona el hecho: “Quien conduzca deberá apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aun cuando permanezca en el interior del vehículo” y “El incumplimiento de la obligación contenida en el apartado anterior se considerará infracción leve y se sancionará con multa de hasta 100 €”.

Pero no hay más que eso. “Se trata de incluir [en la ley] el medioambiente como un bien más a proteger, en línea con las exigencias de la UE, la OMS y los objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas, pero de momento es sólo una propuesta”, aseguran fuentes de la DGT. “Más allá de esa nueva palabra propuesta, no se ha incluido ninguna nueva infracción, ni leve, ni grave ni muy grave, relacionada con el medioambiente. Otra cosa será que, si [el texto] se aprobase, los ayuntamientos puedan utilizarlo para sus ordenanzas municipales, pero nosotros ahí ya no entramos”, insisten desde Tráfico.

El condicional no se usa en vano, pues el borrador está en fase de negociación de enmiendas y hay una en particular, presentada por el grupo parlamentario VOX, que pide suprimir la modificación del artículo 10.1: “Aunque, en un principio, puede tratarse de una iniciativa muy loable, este concepto jurídico indeterminado […] puede llevar al absurdo de no poder conducir un vehículo de diésel o gasolina en tanto que con la mera conducción se producen emisiones contaminantes y por tanto se puede considerar un daño al medio ambiente”, dice el texto de la enmienda.

Casco para los patinetes

En la primera ponencia de la Comisión de Interior, los diputados han llegado hoy a un acuerdo por el cual el proyecto de ley establecerá la obligación de utilizar casco para conducir los vehículos de movilidad personal (los patinetes, principalmente). Así lo pedían en sus enmiendas el PSOE, PP, PNV y Ciudadanos. También se han presentado enmiendas, aún sin resolver, contra una de las novedades más polémicas del borrador de la norma, que elimina la posibilidad de superar en 20 kilómetros por hora el límite de la vía para adelantar (en carreteras convencionales).

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