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Nuevas reglas de la DGT: resumen de todo lo que tienes que saber sobre los cambios del reglamento de circulación para evitar una multa

Madrid |

Lo más leído de la semana en EL MOTOR sobre la nueva normativa que se aplica en España desde el 1 de octubre de 2026.

Nuevas reglas de la DGT: resumen de todo lo que tienes que saber sobre los cambios del reglamento de circulación para evitar una multa

Foto: Getty Images

La reforma del Reglamento General de Circulación introduce cambios que afectan a motoristas, ciclistas, usuarios de patinetes, peatones y conductores, con especial atención a la protección de los usuarios más vulnerables.

Nuevas obligaciones de equipamiento, cambios en los adelantamientos y sanciones que pueden alcanzar los 200 euros forman parte de una normativa que modifica situaciones habituales en calles y carreteras. Estas son todas las novedades que te conviene conocer.

Chaleco para los motoristas

El equipamiento obligatorio de los motoristas cambia a partir del 1 de octubre con la entrada en vigor de la reforma del Reglamento General de Circulación, cuyas medidas se encaminan, en su mayoría, a la protección de los usuarios vulnerables. A partir de ese día, deberán contar con un chaleco reflectante en su moto de igual modo que ahora lo llevan los conductores de turismos, furgonetas o camiones: por exigencia legal, por seguridad y por si ocurre algo.

Esta prenda no será obligatoria para circular, pero sí en caso de emergencia. Por tanto, habrá que incluirla en el vehículo (bajo el asiento o en un baúl) o guardarla en una mochila o similar. Y siempre a mano: según explicita el texto, los motoristas “deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad [cuando se bajen del vehículo] y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas”.

Desde el 1 de octubre, una parada inesperada en plena carretera fuerza al motorista a ponerse el chaleco reflectante. Con esta modificación reglamentaria, Tráfico pretende mejorar la visibilidad de los usuarios y evitar posibles arrollamientos en las vías interurbanas.

La Dirección General de Tráfico (DGT) entiende que este accesorio resulta más sencillo de transportar que la baliza V-16, opcional en las motocicletas, y que su exigencia no supone un problema logístico para los usuarios.

La patronal de fabricantes de motos ANESDOR respalda las numerosas novedades reglamentarias que se activan en breve, como el mandato de usar guantes de protección (pilotos y pasajeros) o la posibilidad de circular por el arcén en algunos casos.

Otra gran novedad del reglamento es que los motoristas que trabajen sobre ruedas sí están obligados a portar el chaleco en todo momento. No son los únicos. El texto reformado incluye también a otros usuarios:

“Se establece la obligación de utilizar chaleco reflectante de alta visibilidad, cuando circulen en todo tipo de vías, a las personas conductoras de motocicletas, ciclomotores, bicicletas y demás ciclos, y vehículos de movilidad personal que desarrollen su actividad profesional utilizando estos vehículos, con el fin de reforzar su seguridad”.

Multas de 200 euros

En el terreno de la indumentaria técnica, el texto legal ejecuta el ajuste más exigente y rotundo visto en el último decenio en la normativa española. Desde el 1 de octubre, transitar por cualquier vía interurbana sin llevar puestos guantes de protección homologados constituirá una infracción de gravedad.

La norma afectará sin distinciones tanto a la persona que pilota el vehículo como a quien viaja de acompañante. Esta regulación punitiva busca erradicar las abrasiones de máxima gravedad e intervenciones quirúrgicas complejas en las manos, derivadas del frotamiento directo contra la superficie del firme en caídas a velocidades elevadas.

Las autoridades sancionarán los incumplimientos de esta norma con multas de 200 euros, marcando una línea clara hacia el uso responsable de prendas técnicas protectoras siempre que se abandone el entorno de las ciudades.

De forma complementaria, el nuevo reglamento impone una prohibición categórica sobre el calzado descubierto, aplicable esta vez a la totalidad de la red viaria, sin importar si se trata de calles céntricas o autovías de alta velocidad. A partir del inicio de octubre, conducir una moto en chanclas, sandalias, zuecos o descalzo queda terminantemente vetado. La norma afecta tanto al conductor como al pasajero.

Asimismo, la circulación por el arcén derecho pasará a ser una opción totalmente legal en aquellos tramos interurbanos donde el tráfico se encuentre paralizado o avance a marcha extremadamente lenta. Para poder utilizar el arcén de forma legal, el tramo en cuestión debe contar obligatoriamente con la señalización específica habilitada por la autoridad vial y el conductor no podrá superar bajo ningún concepto un límite de velocidad de 30 km/h.

Por último, cualquier repartidor o ‘rider’ que preste servicios comerciales sobre dos ruedas estará obligado a vestir un chaleco reflectante de alta visibilidad homologado a lo largo de todo su turno de trabajo.

Adelantar a los ciclistas

Si el adelantamiento se efectúa fuera de poblado, “el conductor que adelanta deberá reducir la velocidad respecto al límite existente en la vía en al menos 20 km/h”. El automovilista debe disminuir el ritmo “antes de iniciar la maniobra” y mantenerse bajo ese límite “durante toda su ejecución” para garantizar la seguridad del adelantado.

Además, la nueva norma subraya la necesidad de dejar una distancia suficiente para minimizar los riesgos. Como sucedía hasta ahora, el artículo 85 del reglamento exige guardar “una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros”, y el texto explicita que el adelantamiento debe efectuarse “ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada”. La novedad principal es que cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido “será obligatorio el cambio completo de carril”, haya o no haya línea continua.

El reglamento, por otro lado, deja claro que un grupo de ciclistas se considera “una única unidad móvil”, por lo que el automovilista debe rebasarlos a todos de una sola vez. Si se trata del entono urbano, la norma indica que la bicicleta, “como vehículo, circulará con carácter general por la calzada” y preferentemente por el centro del carril. Si hay carril bici o vía específica, su uso es preferente, si bien la autoridad competente podrá hacerlo obligatorio con la señal correspondiente (R–407a). Además, como elemento de refuerzo, los conductores deberán dejar una distancia de seguridad de al menos cinco metros

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Antonio Ramos del Olmo Perfil de Antonio Ramos del Olmo en Linkedin

Historiador de formación, periodista deportivo de vocación y apasionado del motor por elección. Terminé contando carreras en vez de guerras. Entre libros, crónicas y gasolina he encontrando el camino. Ahora lo comunico sin levantar el pie del acelerador.

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