¿Pueden llegar a España los radares en coches privados?

El Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo) asegura que el traspaso de este servicio de control es “ampliamente utilizado” por las administraciones.

radares privados
Radar móvil situado en el salpicadero de un coche.

Tras un desmentido sin contundencia en plena polvareda por la presencia de un radar privado a las afueras del pueblo, el Ayuntamiento de Cazalegas (Toledo) sostiene ahora que el sistema de vigilancia adjudicado a una empresa externa es legal y que se usa, además, en otros municipios de España.  

El Consistorio toledano, sin embargo, ofrece argumentos que presentan algunas grietas. En su respuesta oficial, antes de explicar por qué subcontrata la vigilancia del tráfico, el equipo de gobierno reseña “la poca seriedad y veracidad que este acontecimiento presenta”. Señala, además, el “afán mediático” del automovilista que desató la polémica.

El acontecimiento se produjo el 26 de enero, cuando un conductor mostró en Twitter un vehículo particular con un radar móvil en el arcén de la N-Va, en las proximidades de la localidad toledana. En su interior, un hombre aseguraba estar allí vigilando los excesos de velocidad a cuenta de una empresa privada y por indicación del Ayuntamiento.

Radares privados y la ley de tráfico

El autor del vídeo, que terminó insultando al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el programa de La 1 Hablando claro, denunciaba en las imágenes la privatización del servicio de radares.

“Cabe decir que este tipo de contratos es ampliamente utilizado por parte de las administraciones públicas”, indica el Ayuntamiento de Cazalegas, gobernado por Francisco Javier Blanco (Partido Popular). 

Y añade que “una gran multitud de municipios” cuentan “con este tipo de servicios para intentar corregir actuaciones tan peligrosas como los excesos de velocidad que ponen en peligro la vida de todos los conductores”. Y con más justificación cuando se trata, dice el Consistorio, de “uno de los tramos con más siniestralidad de este municipio”. 

Sostiene además que el mecanismo de denuncia automatizada cumple la legislación, y que entre sus competencias está “poner los medios disuasorios para que se cumpla la normativa de tráfico”.

La duda surge por la presencia de un ciudadano particular en un coche que equipa un radar móvil. La ley de tráfico (artículo 7) especifica que corresponde a los municipios “la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina” de la circulación “por medio de agentes propios”, es decir, policías locales.

Como argumento de fuerza, el Ayuntamiento de Cazalegas pone como ejemplo situaciones similares en Santander, Valdemoro (Madrid) y Navacerrada (Madrid).

Gestión de multas

El expediente de subcontratación de Navacerrada es el 336/2022. Si sirve como modelo, en el pliego de condiciones técnicas se especifica que el objeto del contrato “es la prestación de servicios de carácter técnico, jurídico y de gestión complementarios y auxiliares”. 

En concreto, entre otras cuestiones, la ayuda en la tramitación de sanciones. También la cesión de terminales móviles que permitan a los agentes imponer multas o conectarse con la Dirección General de Tráfico (DGT) para consultar datos de los vehículos. 

La empresa responsable, añade el documento, llevará a cabo tareas “que no impliquen el ejercicio de la autoridad pública, ni menoscabo de funciones reservadas a funcionarios públicos”. En el texto no se menciona la palabra radar, pero sí la entrega de un etilómetro (alcoholímetros) para campañas de control de alcoholemia y un dispositivo para la detección de drogas. 

Solo pueden usarlos los agentes municipales, como los cinemómetros. El Ayuntamiento de Santander, por su parte, contrató en marzo del año pasado un servicio de colaboración “en la tramitación de procedimientos administrativos de carácter sancionador”, pero niega que la empresa se encargue de la vigilancia del tráfico. 

“Nunca se ha hecho un control de velocidad con personal ajeno a la Policía Local. Únicamente los hacen agentes de Atestados”, asegura el responsable de este departamento en Santander, Javier Portilla. 

Potestad sancionadora en España

En otros países, se pueden instalar radares en coches privados, pero no en España. “La potestad sancionadora es un monopolio exclusivo del Estado, en este caso representado por un Ayuntamiento. [En un control de velocidad], la fotografía que toma un dispositivo tiene validez porque  está realizada por un agente de la autoridad, que a su vez usa un dispositivo homologado”, explica el abogado y presidente de Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo.

“Cualquier particular puede formular una denuncia. Puedo ir al Ayuntamiento y avisar de que un coche que está mal aparcado, por ejemplo. Pero en un caso como este, el problema está en la prueba: en España, solo tiene validez si la aporta un agente”, añade. 

La prestación de apoyo técnico y de gestión sí es habitual en muchos municipios. El de Noreña, en Asturias, con unos 5.000 habitantes, la contrató en mayo de 2021 por un importe anual máximo de 3.000 euros, procedente de un porcentaje del cobro de multas. 

En las cuatro localidades citadas, la empresa que ganó la subcontrata es Vialine, responsable también del servicio en Cazalegas, según La Voz del Tajo. El Consistorio toledano, sin embargo, no indica cuál es el expediente de licitación de su contrato de servicio, y la compañía se inhibe en el asunto.

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