En el ecosistema vial de España, coexisten diferentes sistemas de señalización distintos pero complementarios, cruciales para la seguridad. Las señales de tráfico (como las de stop o limitación de velocidad) son instrumentos normativos de la Dirección General de Tráfico (DGT) que rigen la circulación de todos los usuarios en la calzada, marcando prioridades, prohibiciones y advertencias generales. Por otro lado, se encuentran los símbolos indicadores, que no son señales de tráfico, sino un distintivo, como en el caso que nos ocupa de mercancías peligrosas que se coloca directamente sobre la unidad de transporte para identificar el riesgo específico del contenido a bordo.
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Este pictograma, el del árbol seco y el pez muerto dentro de un rombo, se inscribe dentro de la normativa internacional para el transporte de mercancías peligrosas, concretamente el Acuerdo ADR (Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera). La etiqueta es un código inequívoco: advierte sobre la existencia de una sustancia que es peligrosa para el medioambiente acuático y terrestre. En términos técnicos, esta marca visual se asocia a la Clase 9, Materias y objetos peligrosos diversos, y es fundamental para la seguridad.

Vehículos obligados a exhibir esta etiqueta
La obligatoriedad de llevar esta señal de advertencia recae en los vehículos que transportan sustancias clasificadas como peligrosas para el medioambiente. Esto incluye materiales que, si se liberan en un accidente, pueden causar un daño significativo a ecosistemas como ríos, lagos o bosques. Por lo general, son camiones cisterna o vehículos de carga que portan productos químicos, plaguicidas o residuos que cumplen con los criterios de toxicidad acuática especificados en la reglamentación.
El objetivo es que los servicios de emergencia (bomberos, protección civil) puedan identificar de forma inmediata el riesgo específico del contenido transportado y actuar con los protocolos adecuados para mitigar el impacto ambiental.

Restricciones de circulación
Respecto a si los vehículos que portan este rombo tienen prohibida la circulación por determinadas vías o poblaciones, la respuesta es compleja. Sí, tienen restricciones, pero no directamente por llevar la etiqueta en sí misma, sino por la naturaleza de la mercancía peligrosa (MP) que transportan. La regulación del transporte de MP en España establece itinerarios obligatorios para estos vehículos, conocidos como Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP), con el fin de evitar zonas sensibles como grandes núcleos urbanos, túneles de longitud considerable o áreas de especial protección.
Los conductores deben respetar rigurosamente estas rutas preestablecidas, estando prohibida su circulación por cualquier otra vía que no forme parte de la RIMP, salvo excepciones muy justificadas y autorizadas. En el acceso a grandes ciudades, es habitual encontrar señales específicas que prohíben el paso a vehículos que transportan mercancías peligrosas. Por lo tanto, el rombo del árbol y el pez actúan como un recordatorio constante de que el vehículo debe atenerse a un régimen de circulación especialmente estricto y seguro.
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