Con la reforma de la ley de tráfico, en vigor desde el 21 de marzo y que modifica en parte el permiso por puntos, conducir sujetando el móvil con la mano se castiga igual que ponerse al volante con presencia de drogas en el organismo. O que superar la tasa de alcohol o arrojar a la vía objetos que puedan causar un incendio.
El texto que regula la circulación incluye nuevas infracciones e impone castigos más duros para conductas peligrosas para la seguridad vial, como no usar el cinturón de seguridad o poner en riesgo a los ciclistas.
Los cambios no afectan a la cuantía económica de las sanciones: la multa para las infracciones leves es de hasta 100 euros, y de 200 y 500 para las graves y muy graves, respectivamente, salvo algunos casos excepcionales.
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Según marca la ley de tráfico, estas son las infracciones que más puntos restan en el permiso de conducir.
Seis puntos
- Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 miligramos por litro de aire espirado (resultado en el alcoholímetro). En caso de profesionales y conductores noveles con menos de dos años de antigüedad, el límite se reduce a 0,30 mg/l. >> Multa: 1.000 euros
- Conducir con presencia de drogas en el organismo. >> Multa: 1.000 euros
- Negarse a someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. >> Multa: 1.000 euros
- Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas. >> Multa: 500 euros
- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares u otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. >> Multa: 6.000 euros
- Exceder en más del 50% los tiempos de conducción o reducir en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. >> Multa: 500 euros
- La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad. >> Multa: 500 euros
- Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. >> Multa: 200 euros
- Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. >> Multa: 500 euros
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros. >> Multa: 200 euros
Cuatro puntos
- Conducir con una tasa de alcohol entre 0,25 y 0,50 mg por litro de aire espirado. En caso de profesionales y conductores noveles (con menos de dos años de antigüedad), el límite se sitúa entre 0,15 y 0,30 mg/l. >> Multa: 500 euros
- Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida. >> Multa: 200 euros
- Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. >> Multa: 200 euros
- No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes. >> Multa: 200 euros
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. >> Multa: 200 euros
- No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. >> Multa: 200 euros
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello. >> Multa: 500 euros
- Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. >> Multa: 500 euros
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. >> Multa: 200 euros
Tres puntos
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la ley. >> Multa: 200 euros
- Conducir utilizando cascos o auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. También se castiga con tres puntos usar manualmente navegadores o el móvil (salvo que se sujete con la mano, en cuyo caso el castigo es de seis puntos). >> Multa: 200 euros
- Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros. >> Multa: 200 euros
Sanciones por exceso de velocidad
Los castigos por exceso de velocidad quedan regulados en por el Anexo IV de la ley de tráfico y están resumidos en este cuadro.
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